ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 377/2017
Buenos Aires, 24/08/2017
ACTA N° 1492
Expediente ENRE N° 44.589/2015
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA S.A.) en la suma de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 7.231.671,62) correspondientes al periodo comprendido entre los meses de Julio a Diciembre del año 2015, por incumplimiento del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal del Noreste Argentino contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duraciones y montos de penalización se expresan en los Anexos I, II, III, IV, V VI y XIII al Informe Técnico y Legal obrante a fojas 32/66 y 85/90 de las presentes actuaciones. 2.- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que efectúe el débito de PESOS UN SEIS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 6.969.854,82) sobre la liquidación de ventas de TRANSNEA S.A. por incumplimiento al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, en el período comprendido entre los meses de Julio a Diciembre del año 2015, correspondientes a Líneas, conexión Transformación y Reactivo cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y XIII, obrantes a fojas 32/66 y 85/90 y ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8° del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo XVI al Informe Técnico y Legal (fojas91). 3.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el descuento de PESOS TREINTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 30.261,23) sobre la liquidación de venta de TRANSNEA S.A., por incumplimiento de sus Transportistas Independientes correspondientes al período comprendido entre los meses de Julio a Diciembre de 2015, al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal del Noreste Argentino contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duraciones y montos de penalización se expresan en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y XIII al Informe Técnico y Legal de fojas 51/85 y 104/109 de las presentes actuaciones y ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8° del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo XIV al Informe Técnico y Legal (fojas 91). 4.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el descuento de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON TRES CENTAVOS ($ 7.564,03) sobre la liquidación de venta de TRANSNEA S.A., por incumplimientos en cuanto a sus obligaciones respecto de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes correspondientes al período comprendido entre los meses de Julio a Diciembre de 2015, de conformidad con los montos detallados en los Anexo I, II, III, IV, V, VI y XIII al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 32/66 y 85/90 de las presentes actuaciones y ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8° del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo XVI al Informe Técnico y Legal (fojas 91). 5.- Instruir a CAMMESA para que informe al ENRE cuando complete la liquidación a favor de TRANSNEA S.A. de la totalidad de los ingresos determinados en el Acuerdo Instrumental para el período semestral Julio a Diciembre del año 2015. 6.- Instruir a TRANSNEA S.A. para que de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Sexta, Apartado 6.1.3 del Acta Acuerdo refrendada mediante Decreto N° 1.544/2008, destine la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 223.991,54) correspondientes a salidas -período Julio a Diciembre de 2015- a la ejecución de inversiones adicionales según el detalle que se efectúa en el Anexo XIII (fojas 85/90) al Informe mencionado, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 8° del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo XIV al Informe Técnico y Legal (fojas 91). 7.- Determinar, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 24 del Anexo II-B del contrato de concesión de TRANSNEA S.A. y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 618/2001, los premios que percibirá esta Transportista correspondientes al período comprendido entre los meses de Julio a Diciembre de 2015 en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON DOS CENTAVOS ($ 1.294,02) de acuerdo al detalle que se efectúa en los Anexos VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIII, al Informe Técnico y Legal obrante a fojas 67/90. 8.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo establecido en el Artículo precedente, efectúe los correlativos débitos a los usuarios del sistema de transporte, cuyo total consta en el Anexo XIII al Informe Técnico y Legal de fojas 85/90 para ser acreditados sobre la liquidación de venta de TRANSNEA S.A. 9.- Notifíquese a CAMMESA y TRANSNEA S.A. con copia de los Anexos al Memorándum N° 657/2016 obrante a fojas 32/91. Hágase saber que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1.759/1972 (texto ordenado en 1991), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el Artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales. 10.- Publíquese la presente Resolución en la página web del ENRE, conjuntamente con los Anexos al Memorándum N° 657/2016 obrante a fojas 32/91. Firmado: Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone -.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N° 1020 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30
Silvia Aginsky, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 28/08/2017 N° 62325/17 v. 28/08/2017
Fecha de publicación 28/08/2017