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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”

Disposición 586/2017

Buenos Aires, 23/08/2017

VISTO el expediente N° 1-2095-S01:0000837/2012 del registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), los Decretos N° 1628 del 23 de diciembre de 1996, N° 1133 del 25 de agosto de 2009, N° 1165 del 11 de noviembre de 2016, N° 2602 de fecha 30 de diciembre de 2014 y N° 1686 del 23 de octubre de 2013 y la Decisión Administrativa N° 599 del 13 de junio de 2016 y;

CONSIDERANDO

Que por Decreto N° 1686/13 se designó transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 23 de octubre de 2013, en la Función de Jefe del SERVICIO MICOSIS SUPERFICIALES al Licenciado D. Nicolás REFOJO (DNI N° 25.478.909), en la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, en la Función de Jefe del SERVICIO BIOLOGIA MOLECULAR a la Doctora Da. Valeria Paula MARTINEZ (DNI N° 21.497.433), en la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, en la Función de Jefe del SERVICIO VIROSIS RESPIRATORIAS a la Bioquímica Da. Elsa Graciela BAUMEISTER (DNI N° 12.587.768), en la Categoría PROFESIONAL PRINCIPAL, Grado 6 y en la Función de Jefe del SERVICIO MICROSCOPÍA ELECTRÓNICA al Bioquímico D. Adrián Pablo LEWIS (DNI N° 18.321.434), en la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, todos ellos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 1133/09, en el INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), Organismo actuante en la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, autorizándose el pago del Suplemento por Función de Jefatura de Servicio Profesional de Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado precedentemente.

Que dichas designaciones transitorias preveían asimismo que los cargos involucrados debían ser cubiertos conforme con los sistemas de selección vigentes y requisitos previstos respectivamente en el Título III, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud homologado por el Decreto N° 1133 de fecha 25 de agosto de 2009, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la firma del Decreto nombrado en el primer considerando.

Que las actividades emprendidas se encuentran en pleno y constante desarrollo, advirtiéndose los avances que en tal sentido se han verificado también, durante las prórrogas decididas por conducto de los últimos actos administrativos citados en el Visto.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de los cargos involucrados y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tienen asignadas los servicios mencionados precedentemente, resulta oportuno y conveniente disponer una nueva prórroga de las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados.

Que los profesionales citados se encuentran actualmente desempeñando los cargos referidos y se encuentra acreditada en autos la certificación de servicios correspondientes.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno, habiéndose acreditado la disponibilidad presupuestaria correspondiente con cargo al presupuesto del organismo proponente.

Que el Decreto 1165/16 faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que, oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros y que en ningún caso la prórroga de la designación que se instrumente en ejercicio de la facultad otorgada podrá exceder el 31 de octubre de 2017.

Que el servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos N° 1628 de fecha 23 de diciembre de 1996, N° 826 de fecha 13 de mayo de 2015, N° 383 de fecha 19 de febrero de 2016, N° 1165 de fecha 11 de noviembre de 2016 y N° 161 de fecha 10 de marzo de 2017.

Por ello:

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Prorróguense a partir del 3 de marzo de 2017 y por el termino de 180 (CIENTO OCHENTA) días hábiles, las designaciones transitorias dispuestas por Decreto N° 1686/13 y prorrogadas por la Decisión Administrativa N° 599 del 13 de junio de 2016, en la Función de Jefe del SERVICIO MICOSIS SUPERFICIALES al Licenciado D. Nicolás REFOJO (DNI N° 25.478.909) con la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, en la Función de Jefe del SERVICIO BIOLOGIA MOLECULAR a la Doctora Da. Valeria Paula MARTINEZ (DNI N° 21.497.433) con la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, en la Función de Jefe del SERVICIO VIROSIS RESPIRATORIAS a la Bioquímica Da. Elsa Graciela BAUMEISTER (DNI N° 12.587.768), con la Categoría PROFESIONAL PRINCIPAL, Grado 8 y en la Función de Jefe del SERVICIO MICROSCOPÍA ELECTRÓNICA al Bioquímico D. Adrián Pablo LEWIS (DNI N° 18.321.434), con la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, Grado 3, todos ellos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 1133/09, en el INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS dependiente de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), autorizándose el pago del Suplemento por Función de Jefatura de Servicio Profesional de Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado precedentemente.

ARTÍCULO 2°.- Las funciones involucradas deberán ser cubiertas conforme con requisitos y sistemas de selección vigentes, previstos respectivamente en el Título III, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud homologado por el Decreto N° 1133 de fecha 25 de agosto de 2009, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la firma del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Organismo Descentralizado 906 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO de SALUD.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Ubeira.

e. 30/08/2017 N° 62879/17 v. 30/08/2017

Fecha de publicación 30/08/2017