ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESOL-2017-240-APN-ENACOM#MM Fecha 25/08/2017
ACTA 23
EXPAFSCA 308/2013
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1º.- Otorgar a la firma ITEL S.A. (C.U.I.T. Nº 30-70999676-9) una Licencia Única Argentina Digital, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I del Decreto Nº 764/00. 2º.- Registrar a nombre de la firma ITEL SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30- 70999676) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764/00, el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico. 3º.- Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de CHAJARÍ, provincia de ENTRE RÍOS. 4°.- Emplazar a la licenciataria a presentar, dentro de los 180 días corridos a partir de la notificación de la presente, las autorizaciones para el tendido aéreo y de los postes a utilizarse. 5º.- Se procede a la devolución del monto de $ 10.000, equivalente a la diferencia entre los montos del pliego y la solicitud de licencia. 6º.- Otorgar a la licenciataria 120 días corridos desde la notificación de la presente, a fin de acreditar los aportes de sus integrantes. 7º.- Previo al inicio de la prestación del servicio en el área de cobertura consignada, la licenciataria deberá acreditar la instalación del sistema a través de la certificación del COPITEC. 8º.- Notifíquese, comuníquese y publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 01/09/2017 N° 63622/17 v. 01/09/2017
Fecha de publicación 01/09/2017