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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESOL-2017-270-APN-ENACOM#MM - Fecha: 25/08/2017 - ACTA 23

EXPENACOM 9126/2016

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE CANALS LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-54572016-3) Licencia, para prestar al público el servicio de Valor Agregado- Acceso a Internet, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo de la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 2483 de fecha 16 de mayo de 2016. 2.- Inscribir a la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE CANALS LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-54572016-3) en el Registro de Servicios TIC- Servicio Valor Agregado- Acceso a Internet previsto en el artículo 3 del Anexo de la Resolución ENACOM N° 2483 de fecha 16 de mayo de 2016. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias, recursos o señalización para la prestación de servicio, debiendo éstos tramitar su autorización ante este Organismo. 4.- Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese y Publíquese.- Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 01/09/2017 N° 63624/17 v. 01/09/2017

Fecha de publicación 01/09/2017