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Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 702/2017

Adjudícase Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0015-CDI17.

Ciudad de Buenos Aires, 01/09/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-05399706-APN-DCYC#MS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 1143 de fecha 15 de agosto de 2017 del MINISTERIO DE SALUD se aprobó el procedimiento de Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0015-CDI17, encuadrada en el artículo 25, inciso d) apartado 3 del Decreto Delegado N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, llevada a cabo para la adquisición del medicamento antirretroviral Raltegravir por CIEN (100) y CUATROCIENTOS (400) miligramos, solicitada por la DIRECCION DE SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISION SEXUAL del citado Ministerio.

Que asimismo en la mencionada Resolución se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió la citada contratación.

Que con fecha 5 de mayo de 2017 la firma MSD ARGENTINA S.R.L. presentó su oferta para los dos renglones requeridos por un monto total de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS ($ 139.325.400).

Que, asimismo, la citada firma en su oferta ofrece al MINISTERIO DE SALUD bonificar de los 2.160.000 comprimidos requeridos en el renglón 2, la cantidad de 784.200 comprimidos, con el objeto de facilitar el acceso de los productos requeridos y disponer, en consecuencia, del tratamiento en líneas más tempranas.

Que analizada la oferta y obtenidos los informes pertinentes, la DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD recomienda la adjudicación de la oferta citada, considerando el cumplimiento de las bases que rigieron el llamado, éstos evaluados por la DIRECCION DE SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISION SEXUAL del MINISTERIO DE SALUD, la cual a su vez, presta conformidad a la bonificación ofrecida por la referida firma.

Que, posteriormente, se solicitó una mejora de precio para el renglón 1, mediante el cual la citada firma presentó una nueva cotización para el renglón mencionado por un monto total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 3.493.800).

Que, en cuanto a la conveniencia de la adquisición, la DIRECCION DE SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISION SEXUAL del MINISTERIO DE SALUD expuso las razones de oportunidad, mérito y conveniencia que justifican continuar con la contratación en cuestión, contando para ello con la conformidad de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PROMOCION, PREVENCION Y ATENCION PRIMARIA y la SECRETARIA DE PROMOCION DE LA SALUD, PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS, ambas de la citada Cartera Ministerial.

Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la citada recomendación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo, del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios y el artículo 9°, inciso e) y su Anexo, del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus complementarios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0015-CDI17 llevada a cabo para la adquisición del medicamento antirretroviral Raltegravir, a favor de la firma MSD ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30- 50340307-9), oferta alternativa 2 y la mejora de precio presentada, por 54.000 unidades por CIEN (100) miligramos para el renglón N° 1 y por 2.160.000 unidades por CUATROCIENTOS (400) miligramos para el renglón N° 2, por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ($ 139.141.800).

ARTÍCULO 2º.- La suma de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ($ 139.141.800) se imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Servicio Administrativo Financiero 310, Programa 22, Actividad 1, IPP 252, Fuente de Financiamiento 11 – Tesoro Nacional, de acuerdo al siguiente detalle: la suma de PESOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 89.020.590) al Ejercicio 2017 y PESOS CINCUENTA MILLONES CIENTO VEINTIUN MIL DOSCIENTOS DIEZ ($ 50.121.210) al Ejercicio 2018.

ARTÍCULO 3º.- Delégase en el MINISTRO DE SALUD la facultad para aprobar la ampliación o disminución de la presente contratación, en los términos del artículo 9° del Anexo al Decreto N° 1030/16.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES a suscribir la pertinente Orden de Compra, en la cual deberá consignarse que, previo al pago correspondiente a la segunda entrega prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió las bases del llamado, se procederá a efectuar la detracción ofrecida por la empresa, correspondiente al importe en pesos equivalente a SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS (784.200) comprimidos del medicamento Raltegravir por CUATROCIENTOS (400) miligramos.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Jorge Daniel Lemus.

e. 04/09/2017 N° 64812/17 v. 04/09/2017

Fecha de publicación 04/09/2017