MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS
Disposición 33-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2017
VISTO el Expediente Nº S02:0099388/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 283 del 1º de febrero de 2016, el PODER EJECUTIVO NACIONAL delegó en el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2º de la Ley Nº 13.064, las facultades y obligaciones determinadas por dicha ley para la contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que revistan el carácter de obra pública y para la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas, en el ámbito de su jurisdicción.
Que mediante Resolución Nº RESOL-2017-19-APN#MI de fecha 27 de enero de 2017, el señor Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda, delegó las facultades y obligaciones mencionadas en el artículo 2 de la Ley Nº 13.064, en los señores Subsecretarios de Recursos Hídricos y de Obras Públicas, en el marco de sus respectivas competencias.
Que el Decreto Nº 212/15 establece dentro de los objetivos de esta Subsecretaría, dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la de ejecutar proyectos en materia de obra pública hidráulica, proyectos especiales y de concesión de obras en conjunto con las provincias y otras entidades del sector y la de planificar, programar, evaluar y/o ejecutar proyectos de mitigación de las inundaciones en zonas rurales y periurbanas, incluyendo proyectos de obras de emergencia solicitadas por las provincias.
Que por Disposición Nº DI-2017-9-APN-SSRH#MI de fecha 9 de marzo de 2017 del registro de la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS se aprobó la documentación licitatoria de la obra “REACONDICIONAMIENTO DEL SISTEMA CANAL SAN ANTONIO-ARROYO DE LAS TORTUGAS-TRAMO SAN FRANCISCO-RÍO CARCARAÑÁ”, a ejecutar en jurisdicción de las Provincias de CÓRDOBA y SANTA FE, llamándose a Licitación Pública Nacional para propender a su contratación, con un Presupuesto Oficial de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIENTO CINCUENTA ($771.228.150), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido.
Que por Disposición N° DI-2017-25-APN-SSRH, de fecha 13 de junio de 2017 se designó la correspondiente COMISIÓN EVALUADORA, cuyo objetivo consiste en estudiar las propuestas y elaborar el Dictamen de Evaluación, aconsejando el rechazo de las que se considerasen inadmisibles o inconvenientes y el orden de prioridades de las ofertas consideradas admisibles calificando en primer término la considerada admisible y también más conveniente.
Que realizadas las publicaciones de Ley correspondientes al llamado a Licitación Pública Nacional, en el Boletín Oficial de la República Argentina, de las Provincias de CÓRDOBA y SANTA FE y en otros medios gráficos y también en el sitio web www.mininterior.gob.ar. Se publicó, asimismo, en el Boletín Oficial de la Nación Argentina y en el mencionado sitio web, la Circular Modificatoria Nº 1 que introducía algunas modificaciones al Pliego.
Que si bien primigeniamente se habían establecidos un lugar y fecha para las presentaciones, finalmente se determinó que la apertura de las ofertas tendría lugar el día 14 de junio de 2017 a las 12:30 horas, fijándose el horario para su recepción desde las 8:30 horas hasta las 12:00 horas, en el Edificio de YPF sito en Esmeralda 255, Subsuelo, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que, efectivamente, las propuestas se presentaron hasta las 12:00 horas del día 14 de junio de 2017, en el lugar señalado, realizándose la apertura de los Sobres correspondientes a las ofertas, a partir de las 12:30 horas del mismo día, habiendo contado el Acto de Apertura, con la intervención del señor Escribano Adscripto de la ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA NACIÓN, quién dejó constancia notarial de todo lo actuado.
Que los oferentes, por orden de presentación fueron: 1°) ECODYMA EMPRESA CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA, con una oferta de PESOS SEISCIENTOS SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 607.557.968,78); 2°) DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA Y SABAVISA SOCIEDAD ANÓNIMA, con una oferta de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTIUNO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 569.476.521,82) y 3°) JOSÉ J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA,INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA Y MILICIC SOCIEDAD ANÓNIMA por la suma de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($737.900.000), todas las ofertas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido y se hallan descriptas en la Planilla certificada por el funcionario de la ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA NACIÓN, agregada a las presentes actuaciones.
Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 29 del Pliego de Bases y Condiciones Generales (PCG) se dio vista a los oferentes de todas las ofertas, a través del Sitio web www.mininterior.gob.ar, a fin de que pudieran formular las observaciones que considerasen menester dentro del plazo de TRES (3) DÍAS, contados a partir del día siguiente a su notificación.
Que dentro de dicho término, la Empresa ECODYMA EMPRESA CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA presentó observaciones a la oferta presentada por las Empresas DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA y SABAVISA SOCIEDAD ANÓNIMA, que se hallan agregadas a las actuaciones en fojas 4.829 a fojas 4.844.
Que las observaciones pueden sintetizarse en TRES (3) puntos: 1°) Valor de la Mano de obra: Se observó que la estructura del costo estaba mal formulada, lo que se traduce en un valor de mano de obra menor al de mercado. La COMISIÓN EVALUADORA analizó el punto y concluyó que no encontró irregularidades en la estructura del costo y que los valores no son objetables; 2°) Equipamiento propuesto: La Empresa ECODYMA EMPRESA CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA hizo referencia a que los equipos propuestos por las Empresas son insuficientes y/o no adecuados al tipo de obra. La COMISIÓN EVALUADORA no compartió el criterio y consideró que, independientemente del equipo propuesto y a partir de la metodología presentada, las Empresas que conformarán una Unión Transitoria (U.T.), se obligaron a proveerlos en la cantidad y condiciones necesarias para las tareas previstas y respetando las condiciones presupuestarias ofertadas. 3°) Antecedentes Técnicos: ECODYMA EMPRESA CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA observó que el oferente no cumplió con los requisitos solicitados por el Pliego. Sobre este aspecto, la COMISIÓN EVALUADORA consideró que, de acuerdo con la documentación presentada, los antecedentes acreditados en materia de obras realizadas exceden el objetivo exigido por el Pliego.
Que, a su vez, la COMISÓN EVALUADORA solicitó mediante Informe IF-2017-12963836-APN-DO#MI a los oferentes que, en un término perentorio de TRES (3) días contados a partir de la notificación por vía electrónica presentaran aclaraciones y/ documentación complementaria, cuyas contestaciones se hallan agregadas a las presentes actuaciones.
Que la COMISIÓN EVALUADORA analizó las ofertas, considerándolas admisibles, con propuestas técnicamente aceptables, demostrando conocimiento de cómo ejecutar la obra con capacidad para desarrollar los diversos ítems en el plazo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PCP) y emitió el Dictamen de rigor, que se adjunta a la presente Disposición en carácter de ANEXO (IF-2017-14237053-APN-DPH#MI) por el que ubicó en primer lugar en el orden de mérito para la adjudicación de la obra a las Empresas DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA Y SABAVISA SOCIEDAD ANÓNIMA, las que deberán inscribir el Contrato de Unión Transitoria (UT) en el Registro correspondiente en el término perentorio de DIEZ (10) días a partir de la notificación de la presente.
Que, asimismo, en atención al análisis efectuado, ubicó en segundo lugar en el orden de mérito a la Empresa ECODYMA EMPRESA CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA y en tercer lugar a las Empresas y José J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA y MILICIC SOCIEDAD ANÓNIMA las que, en caso de ser adjudicatarias, deberían conformar una Unión Transitoria (U.T.)
Que en fecha 12 de julio de 2017, la COMISIÓN EVALUADORA notificó el Dictamen de Evaluación a los oferentes, en los domicilios digitales oportunamente denunciados y en la página web www.mininterior.gob.ar pudiendo los presentantes presentar impugnaciones dentro de CINCO (5) días de notificados, de acuerdo con el artículo 33 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.(PCG), no presentándose impugnación alguna.
Que es necesario en este acto aprobar los precios o índices de referencia presentados por el oferente, a utilizar para la determinación de la variación de cada factor que integran los ítems del contrato, según lo establecido por el ARTÍCULO 7, in fine del ANEXO I, al Decreto Nº 691 del 17 de mayo de 2016, como así también el Modelo de Contrata (IF-2017-17479853-APN-DNPYOH#MI a suscribir por la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS.) con las Empresas adjudicatarias, las que serán intimadas a presentar en un término perentorio el contrato de Unión Transitoria (UT), debidamente inscripto en el Registro correspondiente.
Que la DIRECCIÓN DE PROYECTOS HIDRÁULICOS dependiente de la DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y OBRAS HÍDRICAS de esta Subsecretaría, ha tomado la intervención que le compete,
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, ha tomado la intervención de su competencia.
Que ha tomado la pertinente intervención la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE FIDEICOMISOS DE INFRAESTRUCTURA (UCOFIN), dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la presente medida se dicta en virtud de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias; Ley Nº 13.064, los Decretos Nº 283 de fecha 1º de febrero de 2016, y Nº 691 de fecha 17 de mayo de 12016; la Resolución Nº RESOL-2017-19-APN#MI de fecha 27 de enero de 2017, del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y artículos 35 del Pliego de Bases y Condiciones Generales (PCG) y 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PCP).
Por ello,
EL SUBECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento llevado adelante por la COMISIÓN EVALUADORA designada por la Disposición Nº DI-2017-25-APN-SSRH#MI de fecha 13 de junio de 2017, con el objeto de evaluar las ofertas presentadas en el Acto de Apertura de la Licitación Pública Nacional celebrado en fecha 14 de junio de 2017 en relación con la obra: “REACONDICIONAMIENTO SISTEMA CANAL SAN ANTONIO-ARROYO DE LAS TORTUGAS-TRAMO SAN FRANCISCO-RÍO CARCARAÑÁ”, a ejecutar en jurisdicción de las Provincias de CÓRDOBA y SANTA FE que se agrega al presente en carácter de ANEXO (IF-2017-14237053-APN-DPH#MI).
ARTÍCULO 2º.- Apruébanse los precios o índices de referencia presentados por el oferente DRAGADOS OBRAS PORTUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA-SABAVISA SOCIEDAD ANÓNIMA a utilizar para la determinación de la variación de cada factor que integran los ítems del contrato, según lo establecido por el ARTÍCULO 7, in fine del ANEXO I, al Decreto Nº 691 del 17 de mayo de 2016.
ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la ejecución de la obra: “REACONDICIONAMIENTO DEL SISTEMA CANAL SAN ANTONIO-ARROYO DE LAS TORTUGAS-TRAMO SAN FRANCISCO-RÍO CARCARAÑÁ” a las Empresas DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA y SABAVISA SOCIEDAD ANÓNIMA, las que deberán conformar una Unión Transitoria (U.T.), por un monto de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTIUNO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 568.476.521,82), por ser la oferta técnica y económicamente más conveniente y, en consecuencia, elegible en primer lugar en el orden de mérito aconsejado por la COMISIÓN DE EVALUACIÓN en el Dictamen de Evaluación, que se incorporó al presente en carácter de ANEXO.
ARTÍCULO 4º.-Intímase a las Empresas DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA y SABAVISA SOCIEDAD ANÓNIMA, para que en el término de DIEZ (10) días hábiles a partir de la notificación de la presente disposición presenten a esta SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS, la conformación de la Unión Transitoria debidamente inscripta en el registro competente, caso contrario se podrá dar por decaída la presente adjudicación.
ARTÍCULO 5°.- Apruébase el Modelo de Contrata que se agrega a la presente en carácter de ANEXO (IF-2017-17479853-APN-DNPYOH#MI).
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será con cargo al FIDEICOMISO DE INFRAESTRUCTURA HÍDRICA del Decreto N° 1.381 de fecha 1° de noviembre de 2001 ratificado por Ley Nº 26.181.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Pablo Jose Bereciartua.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la Subsecretaria de Recursos Hídricos, Esmeralda N° 255, piso 10 (CABA), de lunes a viernes de 10 a 15 hs.
e. 04/09/2017 N° 64715/17 v. 04/09/2017
Fecha de publicación 04/09/2017