ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 241-E/2017
RESOL-2017-241-APN-ENACOM#MM - Fecha: 25/8/2017 - ACTA 23
EXPAFSCA 293/2015
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Autorizar a la firma SUPERCANAL SA (C.U.I.T. Nº 30- 61118252-6), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de 9 DE JULIO, SARMIENTO y 25 DE MAYO, todas de la provincia de SAN JUAN. 2.- Emplazar a la licenciataria a presentar, dentro de 180 días corridos a partir de la notificación de la presente, las copias autenticadas que autoricen el tendido aéreo de la red exterior del sistema,, como las autorizaciones del organismo o empresa propietaria de los postes a utilizarse para la fijación de la red, bajo apercibimiento de caducidad del presente acto. 3.- Dar intervención al área competente, para proceder a la devolución del monto de $ 24.000, abonado en concepto de adquisición de los pliegos ; como asimismo para proceder a la devolución de las garantías oportunamente constituidas. 4.- Previo al inicio de la prestación del servicio, la licenciataria deberá acreditar la instalación del sistema a través de la presentación de una certificación firmada por un Ingeniero inscripto en COPITEC, acompañando el correspondiente Certificado de Encomienda Profesional. El inicio de las transmisiones sin el cumplimiento del prenotado requisito, dará lugar a la caducidad de la presente autorización, previa intimación. 5.- Comuníquese, notifíquese y publíquese. Firmado: Miguel Ángel de Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 08/09/2017 N° 66248/17 v. 08/09/2017
Fecha de publicación 08/09/2017