ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 171-E/2017
RESOL-2017-171-APN-ENACOM#MM - Fecha: 23/8/2017 - ACTA 23
EXPCNC 3085/2002
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1°.- Otorgar a la COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE SAMPACHO LIMITADA (CUIT 30-54576018-1) Licencia, para prestar al público el servicio de Valor Agregado- Acceso a Internet, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo de la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 2483/16. 2°.- Inscribir a la COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE SAMPACHO LIMITADA (CUIT 30-54576018-1) en el Registro de Servicios TIC- Servicio Valor Agregado-Acceso a Internet previsto en el Artículo 3° del Anexo de la Resolución ENACOM N° 2483/16. 3°.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico y/o recursos de numeración y señalización para la prestación del servicio inscripto, debiendo tramitar la autorización ante este Organismo. 4°.- Notifíquese al interesado. 5°.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 08/09/2017 N° 65908/17 v. 08/09/2017
Fecha de publicación 08/09/2017