ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 292-E/2017
RESOL-2017-292-APN-ENACOM#MM - Fecha: 25/8/2017 - ACTA 23
EXPENACOM 11913/2016
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.-Otorgar a la empresa CANAL 5 VIDEO COMUNICACIÓN SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. N° 30-64172967-8) Licencia para prestar al público el servicio de Valor Agregado- Acceso a Internet, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo de la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 2483 de fecha 16 de mayo de 2016. 2.- Inscribir a la empresa CANAL 5 VIDEO COMUNICACIÓN SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. N° 30-64172967-8) en el Registro de Servicios TIC- Servicio Valor Agregado-Acceso a Internet previsto en el Artículo 3° del Anexo de la Resolución ENACOM N° 2483 de fecha 16 de mayo de 2016. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias o recursos, debiendo tramitarse esa autorización ante este Organismo. 4.-Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 08/09/2017 N° 65861/17 v. 08/09/2017
Fecha de publicación 08/09/2017