Edición del
6 de Abril de 2026

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 176-E/2017

RESOL-2017-176-APN-ENACOM#MM - FECHA: 23/8/2017 - ACTA 23

EXPAFSCA 200/13

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Registrar a nombre de la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE CAÑADA SECA LIMITADA (C.U.I.T. Nº 33-54575923-9), en el Registro de Servicios de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico. 2.- Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de CAÑADA SECA, provincia de BUENOS AIRES. 3.- Emplazar a la licenciataria a presentar, dentro de 180 días corridos a partir de la notificación de la presente copia autenticada de la ordenanza o resolución municipal que autorice a su nombre el tendido aéreo de la red exterior del sistem y la autorización del organismo o empresa propietaria de los postes a utilizarse para la fijación de la red, bajo apercibimiento de caducidad del presente acto. 4.- Dar intervención al área competente, para proceder a la devolución de la garantía oportunamente constituida. 5.- Previo al inicio de la prestación del servicio en el área de cobertura consignada, la licenciataria deberá acreditar la certificación firmada por COPITEC. El inicio de las transmisiones sin el cumplimiento del prenotado requisito, dará lugar a la caducidad del acto. 6.- Comunicar a la licenciataria que a los fines de la preservación de condiciones competitivas en la localidad de que se trata, la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE CAÑADA SECA LIMITADA, deberá: a) Mantener una unidad de negocios a los efectos de la prestación del servicio audiovisual y llevarla en forma separada de la unidad de negocio del servicio público de distribución de gas, energía eléctrica y/o agua corriente que esté prestando en la actualidad o pudiera prestar a futuro. b) Mantener una contabilidad separada entre las prestaciones correspondientes al servicio cuya licencia se solicita y los servicios públicos de distribución de gas, energía eléctrica y/o agua corriente que esté presentando en la actualidad o pudiera prestar en el futuro. c) No ofrecer de manera conjunta o empaquetada los servicios de telecomunicaciones y audiovisuales provistos a través de la red de acceso a los hogares presentada en el anteproyecto, con ninguno de los servicios públicos de distribución de energía, gas y/o agua corriente que pudiera ofrecer en el futuro en dicha localid d) Garantizar a los competidores en los servicios licenciados, el acceso a la infraestructura de soporte, en especial postes, mástiles y ductos con los que cuenta en condiciones de mercado no discriminatorias, así como a todo operador que lo solicite, para prestar servicios. 7.- Notifíquese, comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 11/09/2017 N° 66406/17 v. 11/09/2017

Fecha de publicación 11/09/2017