BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6295/2017
10/08/2017
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular. OPRAC 1 - 904. LISOL 1 - 750. Financiamiento al sector público no financiero. Títulos de Deuda Pública de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC).
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir títulos de deuda pública a ser emitidos por la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) por hasta la suma de valor nominal USD 100.000.000, en el marco del Decreto Provincial N° 979/17 y de acuerdo con las condiciones establecidas en las Resoluciones N° 80.329/17 del Directorio de la citada empresa y N° 140/17 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.
Las entidades financieras no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de los citados títulos de deuda, de conformidad con lo previsto en las normas sobre “Política de crédito”.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.
e. 11/09/2017 N° 66753/17 v. 11/09/2017
Fecha de publicación 11/09/2017