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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 896-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2017

VISTO el Expediente Nº 9.498/2000 del Registro de la entonces COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 2562 de fecha 16 de mayo de 2016 dictada por el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, se declaró la caducidad de la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones otorgadas a la empresa IBASIS ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. 30-70741774-5) mediante Resolución N° 399 de fecha 17 de octubre de 2001 dictada por la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, por disolución de la licenciataria.

Que se ha advertido un error material en el número de C.U.I.T. de la empresa IBASIS ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA consignado en la Resolución N° 2562 de fecha 16 de mayo de 2016 dictada por ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1.759/1972 T.O. 1991, dispone que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que en consecuencia resulta procedente la rectificación del número de C.U.I.T. consignado en la Resolución Nº 2562, de fecha 16 de mayo de 2016, dictada por el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que mediante el Acta de Directorio N° 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5 de enero de 2016, se delegó en el Presidente la facultad de aprobar los actos necesarios para el normal funcionamiento del Organismo.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio N° 17, de fecha 17 de febrero de 2017.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267/2015, el Acta de Directorio Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y artículo 101 del Decreto N° 1759/72, texto ordenado por Decreto N° 1883/91.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- RECTIFÍQUESE el error material incurrido en la Resolución N° 2.562, de fecha 16 de mayo de 2016, dictada por el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, en la que se deberá sustituir el número de C.U.I.T. consignado, el que quedará como “30-70741774-5”.

ARTÍCULO 2°.- NOTIFÍQUESE al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 12/09/2017 N° 66950/17 v. 12/09/2017

Fecha de publicación 12/09/2017