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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


TEATRO NACIONAL CERVANTES

Resolución 638/2017

Buenos Aires, 07/09/2017

VISTO los Expedientes TNC N° 281 de fecha 20 de abril de 2015, 204, 206 y 208 de fecha 2 de febrero de 2016, 1028 y 1029 de fecha 13 de diciembre de 2016 del Registro del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo autárquico en la jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 318 de fecha 27 de marzo de 1996, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, la Decisión Administrativa 1496 de fecha 20 de diciembre de 2016, la Resolución TNC N° 244 de fecha 30 de mayo de 2017, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA (SG y CA) N° 41 de fecha 12 de febrero de 2014, la Resolución Conjunta de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y SECRETARÍA DE HACIENDA (SGP y SH) del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN N° 53 de fecha 3 de octubre de 2007, la Resolución TNC N° 325 de fecha 16 de junio de 2015 y su modificatoria TNC N° 457 de fecha 30 de septiembre 2016, la Resolución TNC N° 336 de fecha 23 de junio de 2015, la Resolución TNC N° 816 de fecha 9 de diciembre de 2015, la Resolución TNC N° 671 de fecha 7 de diciembre de 2016 y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios se homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Que mediante la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Resolución de la entonces SG y CA N° 41/14, se exceptuó al TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo autárquico en jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA de la prohibición contenida en el Artículo 7° de la Ley N° 27.341 a los efectos de posibilitar la cobertura de CIENTO NOVENTA Y CINCO (195) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.

Que por el Expediente TNC N° 281/15 del Registro del TEATRO NACIONAL CERVANTES se gestiona el Proceso de Selección de Personal para la cobertura de los cargos mencionados en el ANEXO I de la presente.

Que por los Expedientes TNC N° 204, 206 y 208 de fecha 2 de febrero de 2016, 1028 y 1029 de fecha 13 de diciembre de 2016, del Registro interno del TEATRO NACIONAL CERVANTES, se tramita la Designación en la Planta Permanente del Organismo, referida a los Agentes consignados en el Anexo I de la presente.

Que por la Resolución TNC N° 325/15 y su modificatoria 457/16, se designó a los integrantes del Comité de Selección N° 6-2015, conforme a lo establecido por el Artículo 29 del Anexo I de la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias.

Que por Resolución TNC N° 336/15, se aprobaron las Bases de los Concursos, definidas por los Comités de Selección designados para la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente del organismo, mediante el régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que dicho Comité se ha expedido en virtud de su competencia, elevando las Órdenes de Mérito correspondientes a los cargos concursados, las cuales fueron aprobados por las Resoluciones TNC N° 816/15 y 671/16.

Que el cargo vacante de “PROFESIONAL DE PRENSA ARTÍSTICA”, a cubrir por personal Artístico Técnico, corresponde aplicar el Nomenclador con Funciones Específicas para el Personal, conforme la Resolución Conjunta de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION N° 53/2007.

Que conforme a lo establecido en el artículo N° 94 inc. b) del Decreto 2098, Título II, Capítulo VI el cual establece: “La percepción del Suplemento por Agrupamiento, cuando corresponda, concurre con la percepción del Suplemento por Función Específica. En este supuesto la suma del porcentaje a asignar a este último suplemento con el correspondiente al asignado al Suplemento por Agrupamiento no podrá ser mayor al CIEN POR CIENTO (100%) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario.”.

Que conforme las bases de la Convocatoria y los requisitos emanados de las mismas surge la necesidad de aplicar lo establecido por el artículo N° 83 del Decreto 2098/08, Título II, Capítulo II, en los casos, detallados en el ANEXO I.

Que las designaciones en los cargos que se tratan, no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el artículo 5° del Decreto N° 355/17, previa intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal, establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, podrán aprobar las designaciones del personal ingresante a la planta permanente.

Que ha tomado la intervención de su competencia la COORDINACION DE ASUNTOS JURÍDICOS del TEATRO NACIONAL CERVANTES.

Que la financiación de la presente Resolución será atendida con cargo a la Partida Específica de Ley de Presupuesto N° 27.341, asignado a Jurisdicción 72 MINISTERIO DE CULTURA - Entidad 113 - Inciso I - Gastos de Personal, TEATRO NACIONAL CERVANTES, para el Ejercicio 2017.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el artículo 5° del Decreto N° 355/17 y el artículo 7° inciso f) y h) del Decreto N° 318/1996.

Por ello,

EL DIRECTOR DEL TEATRO NACIONAL CERVANTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Designar en la Planta Permanente del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo autárquico en jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA, a los agentes en el Cargo - Nivel - Grado - Tramo - Agrupamiento, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y Dependencia Jerárquica, detallados en el ANEXO I que forma parte de la presente Resolución, autorizándose el correspondiente pago del suplemento por Funciones Específicas, del SESENTA Y CINCO POR CIENTO (65%), al cargo de PROFESIONAL DE PRENSA ARTÍSTICA, aprobado por Resolución Conjunta de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN N° 53 de fecha 3 de octubre de 2007, autorizándose el correspondiente pago del suplemento por Agrupamiento Profesional, mencionado en el Título II, Capítulo II, Artículo 83.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará con cargo a los créditos de la partida específica de la Ley de Presupuesto N° 27.341 vigente para el corriente Ejercicio de la JURISDICCIÓN 72 - ENTIDAD 113 - Inciso I - Gastos de Personal, TEATRO NACIONAL CERVANTES.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alejandro Tantanian.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 12/09/2017 N° 67648/17 v. 12/09/2017

Fecha de publicación 12/09/2017