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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Disposición 657-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 01/09/2017

VISTO el Expediente Nº EX-2017-15200232-APN-DD#MS del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones Ministeriales Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006; Nº 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; Nº 1342 de fecha 10 de Octubre de 2007; Nº 2066 de fecha 12 de diciembre de 2012 y Nº 1814 de fecha 9 de octubre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por dicho expediente la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ASOCIACIONES DE RADIOLOGÍA, DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES Y TERAPIA RADIANTE (F.A.A.R.D.I.T.) solicita su incorporación al REGISTRO ÚNICO DE ENTIDADES EVALUADORAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

Que a través de las Resoluciones mencionadas en el Visto se creó el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecieron los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.

Que el sistema funciona en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, diseñando acciones para concretar las políticas directrices emanadas del CONSEJO FEDERAL DE SALUD -COFESA- a través de la coordinación operativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL.

Que como resultado de la evaluación realizada, se concluye que FEDERACIÓN ARGENTINA DE ASOCIACIONES DE RADIOLOGÍA, DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES Y TERAPIA RADIANTE (F.A.A.R.D.I.T.) acredita idoneidad, aptitud y antecedentes académicos suficientes para formar parte de dicho Registro, y que adhiere a las disposiciones que lo regulan.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 450/06.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Incorpórese a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ASOCIACIONES DE RADIOLOGÍA, DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES Y TERAPIA RADIANTE (F.A.A.R.D.I.T.) al REGISTRO ÚNICO DE ENTIDADES EVALUADORAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, por los motivos expuestos en los considerandos y encontrarse acreditados suficientemente el cumplimiento de los requisitos de las Resoluciones Nº 450/2006; Nº 1922/06; Nº 1342/07 y Disposiciones complementarias.

ARTÍCULO 2º.- La FEDERACIÓN ARGENTINA DE ASOCIACIONES DE RADIOLOGÍA, DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES Y TERAPIA RADIANTE (F.A.A.R.D.I.T.) será inscripta como entidad evaluadora de residencias en la especialidad de DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES.

ARTÍCULO 3º.- La FEDERACIÓN ARGENTINA DE ASOCIACIONES DE RADIOLOGÍA, DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES Y TERAPIA RADIANTE (F.A.A.R.D.I.T.) será incorporada al REGISTRO ÚNICO DE ENTIDADES EVALUADORAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, como evaluadora de especialidad consignada en el ARTÍCULO 2º por un plazo de CUATRO (4) AÑOS y deberá gestionar 6 meses antes de su vencimiento la prórroga correspondiente en el caso de requerirlo.

ARTÍCULO 4° - Anótese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. — Kumiko Eiguchi.

e. 12/09/2017 N° 66850/17 v. 12/09/2017

Fecha de publicación 12/09/2017