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Legislación y Avisos Oficiales
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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 236-E/2017

RESOL-2017-236-APN-ENACOM#MM - Fecha: 24/8/2017 - ACTA 23

EXPCOMFER 2550.00.0/1999

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: Adjudícar a la señora Ignacia Dolores CUENCA (D.N.I. N° 12.867.692 – C.U.I.T. N° 27-12867692-4), una licencia para la instalación funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual de frecuencia modulada, que operará en el canal 229, frecuencia 93.7 MHz., categoría E, identificada con la señal distintiva LRH835, en la ciudad de CORRIENTES. 2.- La licencia otorgada abarcará un período de 15 años contados a partir de fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria, por los plazos y en las condiciones previstas por el Artículo 40 de la Ley Nº 26.522, en la redacción que le acuerda el Decreto Nº 267/15. 3.- Otórgar un plazo de 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida. 4.- El monto de la garantía de cumplimiento de contrato a que hace referencia el Artículo 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de $ 3.600.-, debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido Artículo, dentro de los 30 días corridos de publicada la presente. 5.- Establecer que dentro de los 365 días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo. 6.- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio del aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 7.- El adjudicatario deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los 120 días de otorgada la licencia, de así corresponder. 8.- Determinar que el permiso precario y provisorio correspondiente a la ciudad de Corrientes se encuentra cancelado, sin perjuicio de la cual, el cese efectivo de las emisiones tendrá lugar el dia en que se habilite dicho servicio. 9.- Comuníquese, notifíquese y publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 13/09/2017 N° 67629/17 v. 13/09/2017

Fecha de publicación 13/09/2017