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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4124-E

Delimitación Zona Primaria Aduanera “Posta N° 3 para inflamables” en jurisdicción de la División Aduana de Bahía Blanca.

Ciudad de Buenos Aires, 11/09/2017

VISTO el Decreto N° 640 del 21 de mayo de 2004 y sus modificatorios y la Resolución General N° 355, y

CONSIDERANDO:

Que el referido decreto habilitó con carácter provincial, de uso público y con destinos comercial e industrial, el puerto de Bahía Blanca, perteneciente al Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, localidad de Ingeniero White, Partido de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires.

Que, asimismo, el Decreto N° 193 del 20 de marzo de 2017, modificó a su similar N° 640/04, ampliando la habilitación portuaria otorgada, mediante la inclusión del nuevo muelle denominado “Posta N° 3 para inflamables”.

Que, atento el dictado del mencionado decreto, corresponde incorporar como Zona Primaria Aduanera a las instalaciones comprendidas en el mismo.

Que, en tal sentido, se ha tenido en cuenta lo previsto en la Resolución General Nº 355, la cual estableció los criterios y normas de procedimientos que se deben observar para la delimitación de las zonas primarias aduaneras en las Aduanas del Interior.

Que los perímetros propuestos reúnen las condiciones requeridas para su determinación como Zona Primaria Aduanera, en los términos del Artículo 5° del Código Aduanero.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Operaciones Aduaneras del Interior y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Determínanse los límites de la Zona Primaria Aduanera “Posta N° 3 para inflamables”, en jurisdicción de la División Aduana de Bahía Blanca, perteneciente al Puerto Provincial de Bahía Blanca, ubicado sobre la costa norte de la Ría de Bahía Blanca, Puerto Galván, Partido de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, como se indica en el Anexo (IF-2017-19832671-APN-DISEGE#AFIP) que se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Habilítase el predio indicado en el artículo precedente como Zona Primaria Aduanera, en los términos del Artículo 5° del Código Aduanero.

ARTÍCULO 3°.- La presente norma entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese. — Alberto R. Abad.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 13/09/2017 N° 68035/17 v. 13/09/2017

Fecha de publicación 13/09/2017