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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

Resolución 12-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2017

VISTO el Expediente Nº EX-2017-13305325--APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución Nº RESOL-2017-52-APN-MA de fecha 27 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº RESOL-2017-52-APN-MA de fecha 27 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se convocó a JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES de la Provincia de BUENOS AIRES para la presentación de proyectos e ideas proyecto.

Que la mencionada convocatoria se denominó “AGROEMPRENDE BUENOS AIRES 2017: INNOVANDO EN EL TERRITORIO” con el objeto de fomentar el desarrollo territorial rural, promover el arraigo y la inclusión social por medio de la presentación de proyectos productivos.

Que la citada Resolución N° RESOL-2017-52-APN-MA en su Artículo 5° faculta a la Secretaría de Coordinación y Desarrollo Territorial, actual Secretaría de Agricultura Familiar, Coordinación y Desarrollo Territorial del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA a otorgar los reconocimientos estímulo que resulten de la citada convocatoria.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y en la citada Resolución Nº RESOL-2017-52-APN-MA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el pago de los reconocimientos estímulo por un monto total de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000.-) y según el detalle obrante en el Anexo que, registrado con el N° IF-2017-14648944-APN-SSDT#MA forma parte integrante de la presente medida, a los titulares de los proyectos productivos seleccionados en el marco de la convocatoria AGROEMPRENDE BUENOS AIRES 2017: INNOVANDO EN EL TERRITORIO”.

ARTÍCULO 2º.- Los gastos que demande la implementación de la presente medida, serán imputados al crédito previsto para la Jurisdicción 52 – Programa 46 – Políticas para Pequeños y Medianos Productores y Desarrollo Territorial para la Actividad 2, Formulación de Políticas para el Desarrollo Territorial correspondiente al ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Santiago Hardie.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 14/09/2017 N° 68314/17 v. 14/09/2017

Fecha de publicación 14/09/2017