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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 868/2017

Buenos Aires, 12/09/2017

VISTO el Expediente N° 6007/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, el Decreto N° 1225 de fecha 31 de agosto de 2010, la Resolución INCAA N° 3020 de fecha 22 de diciembre de 2016, la Resolución INCAA N° 564 de fecha 28 de julio de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 3020/2016/INCAA se llamó a “CONCURSO DE FICCIÓN NACIONAL INCAA TV/ODEON 2016 - SEGUNDA EDICIÓN”.

Que por la Resolución N° 564/2017/INCAA se designó al Jurado para la selección de ganadores del mencionado llamado a Concurso.

Que el Jurado seleccionado se expidió en el acta del día 18 de agosto de 2017 sobre los Ganadores del llamado a Concurso.

Que la mencionada selección se hizo en el marco de lo dispuesto en el propio Llamado a Concurso, conforme la Resolución N° 3020/2016/INCAA,

Que la Sub Gerencia de Producción de Contenidos y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para la aprobación de la siguiente medida se encuentra prevista en la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1225/2010 y el Decreto N° 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárese GANADOR del llamado a “CONCURSO DE FICCIÓN NACIONAL INCAA TV/ODEON 2016 - SEGUNDA EDICION” conforme la Resolución N° 3020/2016/INCAA, al proyecto “SECRETO BIEN GUARDADO” del presentante MYS PRODUCCION S.R.L.

ARTÍCULO 2°.- Declárese GANADOR suplente del llamado a “CONCURSO DE FICCIÓN NACIONAL INCAA TV/ODEON 2016 - SEGUNDA EDICION” conforme la Resolución N° 3020/2016/INCAA, al proyecto “JUSTICIA SALVAJE” del presentante: KAPOW S.A.

ARTÍCULO 3°.- La presente resolución comenzará a regir desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ralph Haiek.

e. 15/09/2017 N° 68437/17 v. 15/09/2017

Fecha de publicación 15/09/2017