SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
Decreto 730/2017
Convalídase designación.
Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2017
VISTO el Expediente del Registro de la entonces SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO N° 2978/2015, la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017; los Decretos Nros. 518 del 9 de abril de 2014, 355 del 22 de mayo de 2017 y 33 del 12 de enero de 2017, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 200 del 9 de mayo de 2014; la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 262 y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA y FINANZAS PÚBLICAS N° 148 del 3 de julio de 2014, y lo propuesto por la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 518/14 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la ex SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por la Resolución ex - SE.DRO.NAR. Nº 200/14, se aprobaron las aperturas inferiores de la estructura organizativa, estableciéndose entre otras, la Coordinación de Dispositivos de Asistencia Directa en Adicciones.
Que por la Resolución Conjunta de la entonces SGyCA-JGM Nº 262/14 – SH- ex MEyFP N° 148/14 se incorporó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, entre otras, la Coordinación aludida perteneciente a la ex SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto N° 33/17 se sustituyó la denominación de la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por la de SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se aprobó su estructura organizativa de primer nivel operativo y se dispuso que hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior conservarán su vigencia las existentes.
Que resulta necesario proceder a la convalidación de la designación transitoria de la Licenciada Clara Andrea BROSTOW en el mencionado cargo.
Que la cobertura del cargo de que se trata no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ex SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 27.008, 27.198 y 27.341 y por el artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Convalídase la designación transitoria, a partir del 1° de septiembre de 2015, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la Licenciada Clara Andrea BROSTOW (D.N.I. N° 20.217.496), en el cargo de Coordinadora de Dispositivos de Asistencia Directa en Adicciones de la entonces Dirección Nacional de Asistencia y Reinserción Social por Adicciones de la entonces SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES de la entonces SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO, actual SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del SINEP, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios y complementarios, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de las Leyes Nros. 27.008; 27.198 y 27.341.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el presente decreto deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20-11 – SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
e. 18/09/2017 N° 69764/17 v. 18/09/2017
Fecha de publicación 18/09/2017