SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 40819-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 11/09/2017
VISTO el Expediente Nº SSN:0004907/2016 correspondiente a esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, a través del cual se ha resuelto la inscripción en el Registro de Auditores Externos del Contador Público Nacional D. Alberto BORUCHOWICZ (M.I. N° 8.502.810), y
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se iniciaron como consecuencia del uso de las facultades previstas para este Organismo por la Ley Nº 20.091; punto 39.13 del R.G.A.A. y normativa concordante, ante la necesidad de mantener actualizados los datos denunciados en el Registro de Auditores Externos dependiente de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
Que el Contador Público Nacional D. Alberto BORUCHOWICZ ha sido inscripto por esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN como Auditor Externo conforme lo dispuesto por la Resolución SSN N° 25.662, de fecha 10 de marzo 1998.
Que el mencionado no dió cumplimiento a lo dispuesto por la Comunicación N° 2116 de fecha 8 de junio de 2009, mediante la cual se le solicitaba a los Auditores, Actuarios y Sociedades y Asociaciones de Graduados en Ciencias Económicas inscriptos en el Registro a cargo de este organismo que informaran antes del 10 de julio de 2009 sus actuales domicilios comerciales y particulares y los teléfonos respectivos, pese a estar debidamente notificado.
Que tras haber sido intimado a ello en su domicilio comercial registrado ante esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, mediante carta documento N° 15163318, de fecha 25 de agosto de 2009, la misma no fue entregada, rechazada consignando en el acuse recibo respectivo “Motivo: Desconocido”.
Que con fecha 12 de noviembre de 2009 la Gerencia de Autorizaciones y Registros de este Organismo ha elevado informe a la Gerencia de Asuntos Jurídicos a fin de requerirle brinde el correcto encuadre jurídico a otorgar al comportamiento antedicho.
Que dicha Asesoría Legal ha corrido traslado de las imputaciones consignadas a fs. 15 y 16 en los términos del Artículo 82 de la Ley N° 20.091 por el plazo de 10 días; mediante proveído N° 110957, de fecha 7 de diciembre de 2009.
Que en fecha 17 de marzo de 2016, y ante la subsistencia del incumplimiento mencionado, se reitera dicha intimación, siendo rechazada nuevamente la misiva consignando en el motivo “Se mudó”.
Que conforme el dictamen formulado por la Gerencia de Asuntos Jurídicos de fs. 25/26 corresponde proceder a la suspensión de la tramitación del expediente e inhabilitación preventiva de la matrícula del citado auditor, hasta tanto comparezca a estar a derecho informando lo requerido por la vía implementada a tal fin, y comunicar dicha inhabilitación al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención respectiva en las presentes actuaciones.
Que el Artículo 67 inciso f) de la Ley Nº 20.091 confiere atribuciones a éste Organismo para el dictado de la presente resolución.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº SSN:0004907/2016.
ARTÍCULO 2º.- Disponer la inhabilitación preventiva del Contador Público Nacional D. Alberto BORUCHOWICZ, número de orden 33, hasta tanto comparezca a estar a derecho.
ARTÍCULO 3º.- La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará nota de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 4°.-Comuníquese dicha inhabilitación al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Auditores Externos, sito en AV. Alicia Moreau de Justo 270 PISO 2° (C. P. 1107) – CABA, y publíquese en el Boletín Oficial. — Juan Alberto Pazo.
e. 18/09/2017 N° 68779/17 v. 18/09/2017
Fecha de publicación 18/09/2017