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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 410/2017

Buenos Aires, 14/09/2017

ACTA N° 1494

Expediente ENRE N° 45.489/2016

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO S.A.) en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 455.248,22) correspondientes al período comprendido entre los meses de diciembre de 2015 a mayo de 2016, por incumplimientos a lo dispuesto en el Artículo 22 Inciso a) de su Contrato de Concesión y al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Anexo II-B del mencionado Contrato, cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los Anexos I, II, III, IV, V y VI, y cuyo total consta en el Anexo XIII al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 28/53. 2.- Instruir a DISTROCUYO S.A. para que de conformidad con lo dispuesto en el Apartado 6.1.3 de la Cláusula Sexta del Acta Acuerdo -refrendada mediante Decreto N° 1.464/2005- destine a la ejecución de inversiones adicionales la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 44.871,52), según Anexo XV (fojas 68) resultante de las sanciones aplicadas por indisponibilidades referidas a conexión/transformación y conexión/salidas -Anexos I, II, III, IV, V y VI al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 28/53 de estas actuaciones, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo, y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo XVII al Informe Técnico y Legal (fojas 70). 3.- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que efectúe el descuento de PESOS CUATROCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS CON SETENTA CENTAVOS ($ 410.376,70) -correspondiente a líneas- sobre la liquidación de venta de DISTROCUYO S.A., de conformidad con el detalle efectuado en el Anexo XVI del Informe Técnico y Legal obrante a fojas 69, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo, y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo XVII al Informe Técnico y Legal (fojas 70). 4.- Establecer, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 25 del Anexo II-B del Contrato de Concesión de DISTROCUYO S.A. y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los Usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 462/2001, el incentivo mensual asociado al desempeño logrado por la Transportista durante los doce (12) meses anteriores al período comprendido entre diciembre de 2015 a mayo de 2016, respecto del nivel de calidad registrado en el primer período tarifario en la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON UN CENTAVO ($ 48.369,01) de acuerdo con el detalle que se efectúa en los Anexos VII, VIII, IX, X, XI y XII, y cuyo total consta en el Anexo XIV al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 54/65 y 67. 5.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo mensual establecido en el Artículo 4, efectúe los correlativos débitos a los Usuarios del sistema de transporte de acuerdo al procedimiento definido en el Anexo II a la Resolución ENRE N° 462/2001 para ser acreditados sobre la liquidación de venta de DISTROCUYO S.A. 6.- Notifíquese a CAMMESA y a DISTROCUYO S.A. lo dispuesto en este Acto, con copia de la presente Resolución y de los Anexos de fojas 28/70. Hágase saber que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación del Presente; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto N° 1.759/1972 (Texto Ordenado en 1991), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de notificada la presente, como así también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos contados de igual manera, y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el Artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. 7.- Publíquese la presente Resolución en la página web del ENRE, conjuntamente con los Anexos de fojas 28/70. Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone -.

El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N° 1020 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30.

Ma. Graciela Andina Silva de Alfano, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 18/09/2017 N° 69470/17 v. 18/09/2017

Fecha de publicación 18/09/2017