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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 337/2017

Buenos Aires, 10/08/2017

VISTO el Expediente Nº 1-2002-4638000182/16-9 del registro del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI); el Decreto Nro. 1.165 del 11 de noviembre de 2.016; la Decisión Administrativa N° 964 del 6 de septiembre de 2.016; y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 964/16 se designó transitoriamente, a partir del 14 de marzo de 2.016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Bioquímica Da. María Belén RODRIGUEZ CARDOZO, D.N.I. N° 17.365.068, en el cargo de Directora del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas de este Instituto Nacional, en el Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva II del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198.

Que mediante la Resolución N° 607/16, se prorrogó la referida designación en idénticos términos, a partir del 3 de diciembre de 2016 y por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que por razones de índole operativa, el proceso de selección correspondiente, no se ha instrumentado hasta el presente, motivo por el cual, teniendo en cuenta la criticidad del cargo, resulta imprescindible disponer la prórroga de la designación transitoria aludida.

Que el artículo 1° del Decreto N° 1.165/16, faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que el Departamento de Recursos Humanos y la Coordinación de Asuntos Jurídicos, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el normal cumplimiento de los objetivos institucionales.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto previsto para la Jurisdicción 80, MINISTERIO DE SALUD, Entidad 905, INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI).

Que el artículo 5º del Reglamento de Funcionamiento del Directorio del INCUCAI, aprobado por Resolución Nº 002/06, establece que dicho cuerpo colegiado sólo puede sesionar válidamente con la presencia de por los menos dos de sus integrantes.

Que existe en la actualidad imposibilidad de alcanzar dicho quórum para sesionar, ya que sólo se encuentra en pleno ejercicio de sus funciones la Presidente de este Organismo.

Que en consecuencia, y hasta la oportunidad en que se designe un nuevo integrante del referido cuerpo, se actúa de conformidad con lo dispuesto por el inciso e) del artículo 47 de la Ley Nº 24.193, en cuanto faculta al Presidente a adoptar todas aquellas medidas que, siendo de competencia del Directorio no admitan dilación, sometiéndolas a consideración del mismo en la primera sesión.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 1º del Decreto Nº 1.165/16.

Por ello,

LA PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 9 de agosto de 2017, la designación transitoria de la Bioquímica Da. María Belén RODRIGUEZ CARDOZO, D.N.I. Nº 17.365.068, dispuesta por Decisión Administrativa N° 964/16 y prorrogada por la Resolución INCUCAI N° 607/16 en el cargo de Directora del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva II, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.198.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2.008 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 9 de agosto de 2.017.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 80, MINISTERIO DE SALUD, Entidad 905, INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — María del Carmen Bacqué.

e. 19/09/2017 N° 69560/17 v. 19/09/2017

Fecha de publicación 19/09/2017