MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución 801-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 18/09/2017
VISTO el Expediente Nº S01:0274663/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA (INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A.) solicitó su habilitación como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Central Térmica Pérez de hasta SETENTA Y SEIS MEGAVATIOS (76 MW) de potencia nominal, instalada en las cercanías de la Localidad de Pérez, Provincia de SANTA FE, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en el tramo sobre la Ruta Nacional Nº 33, km. 779, entre las Localidades de Pérez y Zavalla, mediante la construcción de una Estación Transformadora de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV), vinculada a la Línea de Alta Tensión de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) Rosario Oeste-Casilda, jurisdicción de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE (EPE).
Que mediante la Nota N° B-108703-1 de fecha 18 de julio de 2016 la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa que la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. cumple los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM.
Que mediante la Resolución Nº 400 de fecha 30 de diciembre de 2016, el MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE de la Provincia de SANTA FE, resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental al Proyecto de la Central Térmica Pérez.
Que la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MEM de la Central Térmica Pérez se publicó en el Boletín Oficial Nº 33.625 de fecha 16 de mayo de 2017 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención que le compete.
Que el artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016 de este Ministerio, delegó en esta Secretaría las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 dela Ley Nº 24.065 y por la Resolución Nº 25 de fecha 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA (INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A.) para su Central Térmica Pérez de hasta SETENTA Y SEIS MEGAVATIOS (76 MW) de potencia nominal, instalada en las cercanías de la Localidad de Pérez, Provincia de SANTA FE, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en el tramo sobre la Ruta Nacional Nº 33, km. 779, entre las Localidades de Pérez y Zavalla, mediante la construcción de una Estación Transformadora de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV), vinculada a la Línea de Alta Tensión de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) Rosario Oeste-Casilda, jurisdicción de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE (EPE).
ARTÍCULO 2º.- Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A., titular de la Central Térmica Pérez, en su vínculo con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro de Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.
ARTÍCULO 3º- Notifíquese a la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A., a EPE, a la CAMMESA y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alejandro Valerio Sruoga.
e. 21/09/2017 N° 70115/17 v. 21/09/2017
Fecha de publicación 21/09/2017