ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA RÍO GALLEGOS
(Art. 1101 y 1013 inc. “h” C.A.)
EDICTO
VISTO, y constando que obra constancia de notificación mediante Boletín Oficial a fs. 16, de la corrida de vista obrante a fs. 15, y no habiendo comparecido la empresa de transporte Adolfo Hurtado Soto, RUT N° 1276814-8, y el Sr Miguel Armando Rodas Quelin, RUN N° 16101920-8, decretase la REBELDIA, en los términos del artículo 1105 del Código Aduanero.
TENGASE, por constituido los domicilios de los nombrados en el asiento de esta Aduana, donde se tendrán por notificadas la presente y sucesivas providencia y disposiciones que se dicten en autos, conforme art. 1013 inc g) del Código Aduanero.
Precluido el plazo previsto en la normativa, pasen los autos para la asesoría Jurídica a los fines previstos en el art. 10401 del Código Aduanero.
Notifíquese. SANZ Silvia Andra — Administrador Aduana de Río Gallegos.
Silvia Andrea Sanz, Administradora (I), División Aduana Río Gallegos.
e. 25/09/2017 N° 70982/17 v. 25/09/2017
Fecha de publicación 25/09/2017