MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución 806-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2017
VISTO el Expediente Nº S01:0323605/2011 del Registro del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 261 de fecha 13 de mayo de 2013 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la empresa SERVICIOS DE INGENIERÍA ELÉCTRICA Y ELECTROMECÁNICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.), como Agente Generador por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA SALTO DE LA LOMA de CERO COMA CINCUENTA Y CINCO MEGAVATIOS (0,55 MW).
Que el artículo 3° de la referida resolución condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del artículo 14 de la Ley N° 15.336, texto conforme al artículo 89 de la Ley Nº 24.065, antes del 31 de diciembre de 2014.
Que por medio de la Resolución Nº 261 de fecha 4 de junio de 2015 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se dispuso una prórroga a la autorización otorgada para actuar como Agente Generador del MEM.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley N° 15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que por el artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016 de este Ministerio, se delegó en esta Secretaría, las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del artículo 37 de la Ley Nº 15.336, de los artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065 y del artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el artículo 1° de la Resolución Nº 261 de fecha 4 de junio de 2015 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, quedando la empresa SERVICIOS DE INGENIERÍA ELÉCTRICA Y ELECTROMECÁNICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.), habilitada para actuar con carácter provisorio como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA SALTO DE LA LOMA hasta el 31 de diciembre 2020.
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a la empresa SIEyE S.R.L., a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio y a ENERGÍA SAN JUAN SOCIEDAD ANÓNIMA.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Valerio Sruoga.
e. 26/09/2017 N° 71706/17 v. 26/09/2017
Fecha de publicación 26/09/2017