ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 1998-E/2017
RESOL-2017-1998- APN-ENACOM#MM - Fecha 20/09/2017
EXPCNC 13728/2014
El Presidente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aplicar la sanción de baja a la Firma GD MENSAJERÍA S.R.L. (C.U.I.T. 30-71424629-8) inscripta en el SUBREGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE MENSAJERÍA con el número CIEN (100), en virtud de no haber acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de sus obligaciones impositivas, previsionales y sociales correspondientes al primer y segundo trimestre calendario del año 2016, cuyos vencimientos operaron el 10 de mayo y el 10 de agosto de 2016, respectivamente. 2.-Intimar a la Firma GD MENSAJERÍA S.R.L. a cesar en forma inmediata la prestación de servicios de MENSAJERÍA URBANA, bajo apercibimiento de la aplicación de la sanción prevista en el Artículo 3º de la Resolución Nº 007 CNCT/96. 3.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 26/09/2017 N° 71697/17 v. 26/09/2017
Fecha de publicación 26/09/2017