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MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1573-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2017

VISTO el Expediente N° 1-2095-S01:0002603/15-0 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nros 22.431 y 27.341, los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, N° 254 del 24 de diciembre de 2015 y N° 355 del 22 de mayo de 2017, la Decisión Administrativa N° 609 del 1º de agosto de 2014, las Resoluciones Nº 39 de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA del 18 de marzo de 2010 y modificatoria y Nº 639 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del 4 de diciembre de 2014, ambas dependientes de la entonces, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 355/17 se estableció, entre otros aspectos, que la designación de personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 254/15 se ha instruido a los Ministros, Secretarios de la Presidencia de la Nación, Autoridades Superiores de organismos descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado de la Administración Pública Nacional, a revisar los procesos concursales y de selección de personal.

Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS) ha procedido a la revisión establecida en la norma citada precedentemente.

Que por la Decisión Administrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, se exceptuó de lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de SIETE MIL QUINIENTOS (7.500) cargos vacantes y financiados correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2014 en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que por la Resolución N° 639 de fecha 4 de Diciembre de 2014 de la ex SECRETARIA DE GABINETE y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se autorizó la cobertura de DOSCIENTOS DIECIOCHO (218) cargos vacantes y financiados de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (A.N.L.I.S.), de la planta permanente.

Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.

Que mediante Disposición Nº 202 de fecha 28 de abril de 2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, se dispuso el llamado a concurso mediante Convocatoria Ordinaria y general para la cobertura de CIENTO TREINTA (130) cargos vacantes y financiados, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), todos ellos de la planta permanente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS).

Que por Disposiciones Nros 205/2015 y Nº 211/2015, ambas de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”, se designaron a los integrantes titulares y alternos de los Comités de Selección para la cobertura de CIENTO TREINTA (130) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante Convocatoria Ordinaria y General, mediante el régimen de Selección de Personal aprobado por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que los integrantes de los Comités de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Disposición Nº 457 del 13 de octubre de 2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo resultante del proceso de selección para la cobertura de los cargos vacantes concursados.

Que, entre otras cuestiones, la Decisión Administrativa Nº 609 de fecha 1º de agosto de 2014 reglamentó lo dispuesto en el artículo 129 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, estableciendo a los fines del supuesto previsto en los párrafos quinto y sexto del mismo, la conversión de los cargos de Planta Permanente vacantes, financiados y autorizados a cubrir, en cargos de Planta No Permanente.

Que la Decisión Administrativa mencionada precedentemente dispuso, además, que las designaciones en dichos cargos de Planta No Permanente se mantendrán hasta que el personal involucrado ingrese al régimen de estabilidad, a partir del primer día del mes siguiente al que se hubiere certificado la obtención del título del nivel educativo secundario antes de los plazos previstos en el quinto o sexto párrafo del artículo 129 del SINEP, según corresponda.

Que por otra parte, la referida norma establece que las designaciones referidas precedentemente caducaran automáticamente para el supuesto que el causante no hubiese obtenido el título secundario dentro de los plazos previstos, no hubiese requerido la prórroga del plazo para su obtención o requerida ésta y vencido el término no hubiese logrado dicha titulación.

Que de acuerdo con las previsiones establecidas en la Ley N° 22.431, Sistema de Protección Integral de Discapacitados, en su Art. 8°, establece que el Estado Nacional está obligado a ocupar personas con discapacidad en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por ellas.

Que la persona detallada en el Anexo V de la presente Resolución ha concursado un cargo reservado para personas con discapacidad certificada, siendo esta la única incluida en el orden de mérito definitivo, luego de haber superado las etapas de evaluación.

Que las personas que integran el Anexo VI de la presente medida se encuentran alcanzadas por las previsiones del artículo 129 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, por no reunir el requisito mínimo de posesión de título de nivel educativo secundario exigido en las Bases del presente proceso de selección de personal, habiendo asumido oportunamente el compromiso de completar sus estudios de nivel secundario de conformidad con lo establecido en el artículo citado.

Que en atención a ello y al efecto previsto en el quinto párrafo del referido artículo 129 del Convenio Colectivo y de conformidad con el artículo 14 de la Decisión Administrativa Nº 609/14, corresponde transformar el cargo de la Planta Permanente involucrado en cargo de Planta No Permanente, y designar transitoriamente en este último a las personas que accedieran al Orden de Mérito para la cobertura de los cargos en cuestión.

Que la Decisión Administrativa Nº 12/17 dispuso la distribución de los gastos corrientes y de capital, los gastos figurativos, las aplicaciones financieras, los recursos, las contribuciones figurativas y las fuentes de financiamiento previstas en la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2017, estableciendo que el Jefe de Gabinete de Ministros, de conformidad con las necesidades de estructura y dotaciones de las respectivas áreas establecidas por el Ministerio de Modernización, procederá a distribuir para cada jurisdicción, organismo descentralizado e institución de la seguridad social los cargos que correspondan.

Que tratándose de designaciones de planta no permanente, corresponde modificar el distributivo del presupuesto dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 12/17 y transformar los cargos de planta permanente en otros de planta no permanente.

Que por Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituida por el Anexo I de la Resolución Nº 166 de fecha 14 de agosto de 2015 de la ex SECRETARIA DE GABINETE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se dispuso que la asignación del grado escalafonario podrá formalizarse una vez efectuada la designación, a través del acto administrativo previsto en la jurisdicción o entidad descentralizada en cuya dotación se integre el cargo, para la asignación de grado para el personal del régimen de carrera, con retroactividad a la fecha de designación.

Que en el proceso de selección citado precedentemente no hubo impugnación alguna, así como tampoco fue recurrido el orden de mérito definitivo.

Que dichas designaciones no implican la asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la SECRETARIA DE EMPLEO PUBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º - Desígnanse en la planta permanente a las personas que se detallan en los ANEXOS I (IF-2017-20816383-APN-DD#MS), II (IF-2017-20817849-APN-DD#MS), III (IF-2017-20818185-APN-DD#MS), IV (IF-2017-20818676-APN-DD#MS) y V (IF-2017-20819448-APN-DD#MS) que forman parte integrante de la presente Resolución en el Agrupamiento y Nivel del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios y en el cargo concursado e Instituto o dependencia de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, que se indica en cada caso.

ARTÍCULO 2º - Modificase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional – Recursos Humanos – para el Ejercicio 2017, al sólo efecto de transformar TRES (3) cargos de Nivel D de la Planta Permanente en similares de la Planta No Permanente del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios en la parte correspondiente a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 3º - Desígnanse transitoriamente en la Planta No Permanente a las personas que se mencionan en el ANEXO VI (IF-2017-20819851-APN-DD#MS) que forma parte integrante de la presente Resolución en el Nivel, y Agrupamiento escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios y en el Instituto o dependencia de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, que se indica en cada caso.

ARTÍCULO 4º - Las presentes designaciones en la Planta No Permanente quedan sujetas a que los causantes finalicen sus estudios secundarios conforme los compromisos asumidos al momento de su inscripción al presente proceso de selección de personal de acuerdo a lo previsto por el artículo 129 del Convenio Colectivo homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 5º - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción - MINISTERIO DE SALUD – Entidad 906 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (A.N.L.I.S.), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 6º - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge Daniel Lemus.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 28/09/2017 N° 72494/17 v. 28/09/2017

Fecha de publicación 28/09/2017