Edición del
16 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

CODIGO ADUANERO (LEY 22.415)

Por ignorarse domicilio, se cita a la firma que más abajo se menciona, para que dentro del plazo de 10 (diez) días de notificadas, comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción tipificada en el Art. 954 Inc. a) del Código Aduanero, atento que de las tareas de fiscalización efectuadas por la Sección Procedimientos Técnicos surge que falta la presentación del Certificado de Origen de la destinación 07001IC04207876B, generando un perjuicio fiscal (Resolución 763/96 MEOSP), cuyos expedientes tramitan en la Secretaría N° 3 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Azopardo 350, PB, CABA, bajo apercibimiento de rebeldía. Téngase presente que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de este Departamento, en los términos del Art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de esta oficina aduanera, en la forma prevista por el Art.1013 inc. g) del citado texto legal. Se les hace saber que el pago de la multa mínima, dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Arts. 930, 931 y 932 del C.A.) Fdo. Abog. Daniel A. Ilarregui - Jefe Div. Secretaría N° 3 (Int) - Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

SIGEAIMPUTADODESTINACIONMULTA EN PESOSTRIBUTOS EN DOLARESTRIBUTOS EN PESOS
12197-5365-2009L & K INTERNATIONAL (CUIT 30-70990880-0)07001IC04207876B494.205,36142.484,0547.945,31

Daniel A. Ilarregui, Jefe de Div. Secretaría N° 3 (Int.), Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 28/09/2017 N° 72950/17 v. 28/09/2017

Fecha de publicación 28/09/2017