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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 615-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2017

VISTO EX-2017-14347936-APN-DGGRH#MT, la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nro. 25.164, los Decretos Nros. 214 del 27 de febrero de 2006, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 254 del 24 de diciembre de 2015 y 355 del 22 de mayo de 2017, las Decisión Administrativa Nro. 12 del 11 de enero de 2017, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nro. 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, Nro. 646 del 9 de diciembre de 2014, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 74 del 4 de febrero de 2015 y sus modificatorias, y 11 del 11 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 355/17 se dispone que toda designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como así también serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones.

Que la Ley N° 25.164 en su artículo 8° establece que la carrera administrativa de los agentes públicos deberán contemplar la aplicación de criterios que incorporen los principios de transparencia, publicidad y mérito en los procedimientos, que motiven la promoción de los mismos en la carrera.

Que por el artículo 54 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL se establece que la promoción vertical de nivel o categoría escalafonaria se efectuará conforme a los mecanismos de selección y/o merituación y requisitos aplicables al cargo o función al que se aspire.

Que el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, determina en su artículo 31 que el ascenso de Nivel escalafonario solo podrá verificarse mediante el régimen de selección de personal que establezca conforme a los principios emanados por el aludido convenio.

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA entonces dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.

Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, Nro. 646 del 9 de diciembre de 2014, se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nro. 74 del 4 de febrero de 2015 y sus modificatorias, se efectuaron las convocatorias a los efectos de propiciar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de dicho Ministerio.

Que los integrantes de los respectivos Comités de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias, elevándose las mismas a la autoridad convocante quien aprobó los distintos órdenes de mérito, los cuales lucen agregados en el expediente citado en el VISTO.

Que por imperio del Decreto N° 254 de fecha 24 de diciembre de 2015 se instruye a los Ministros a analizar los procesos concursales en el estado que se encontraren y se determinara la legalidad de los mismos y se analizara las necesidades de servicio respecto de tales coberturas.

Que para cumplir tal cometido la Resolución MTEySS N° 11 del 11 de enero de 2016 se creó una Comisión que encargó de cumplimentar el estudio de legalidad y no encontró irregularidades al respecto, luego de auditar los expedientes propios a convocatorias en curso de designación correspondiente a los años 2010, 2012, 2014 y una muestra de procesos concursales de 2015.

Que con el propósito de completar lo requerido por el Decreto N° 254 de fecha 24 de diciembre de 2015, las autoridades políticas analizaron los cargos convocados y se determinó las necesidades de servicio y la continuidad hacia los trámites de designación de los cargos que se detallan en el anexo a la presente.

Que conforme a lo normado por la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, la SECRETARIA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, la Dirección General de Administración y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, todas dependientes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, han tomado la intervención que les compete.

Que la promoción en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Promociónese a partir del 1° de septiembre de 2017 al Dr. Gerardo Alfredo CORRES (M.I. N° 12.079.419), en el cargo de Profesional Especializado en Relaciones Internacionales del Trabajo, de la Dirección de Asuntos Internacionales dependiente de la Unidad Ministro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en el Agrupamiento Profesional, Nivel B, Grado 8, Tramo Avanzado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°. - El gasto que demande el cumplimiento del presente Acto Administrativo será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 – MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTÍCULO 3°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto Jorge Triaca.

e. 29/09/2017 N° 72587/17 v. 29/09/2017

Fecha de publicación 29/09/2017