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9 de Junio de 1999

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE HACIENDA - Y - SECRETARÍA DE FINANZAS DEUDA PÚBLICA

Resolución Conjunta 3-E/2017

Sustitución. Resolución Conjunta Nº 1-E de fecha 10 de abril de 2017.

Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-02337194-APN-DMEYN#MHA, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, la Resolución Conjunta Nº 1-E de fecha 10 de abril de 2017 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA y la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE FINANZAS (RESFC-2017-1- APN-SECF#MF) y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 faculta a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, a emitir instrumentos financieros denominados Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional, las que deberán ser reembolsadas en el mismo ejercicio financiero en que se emitan.

Que por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta Nº 1-E de fecha 10 de abril de 2017 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA y la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE FINANZAS (RESFC-2017-1-APN-SECF#MF), se aprobó el “Procedimiento para la emisión y colocación de Letras del Tesoro emitidas en el marco del Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, que correspondan ser reembolsadas en el mismo ejercicio financiero en que se emitan” que como Anexo (IF-2017-04170273-APN-SECF#MF) forma parte de esa resolución.

Que por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta Nº 2-E de fecha 4 de mayo de 2017 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y la SECRETARÍA DE FINANZAS (RESFC-2017-2-APN-SECF#MF) se sustituyó el referido anexo por el Anexo IF-2017-07998044-APN-SSF#MF, a fin de incentivar la participación de los suscriptores minoristas en las licitaciones de instrumentos de endeudamiento público que se realizan por adhesión.

Que a fin de agilizar las transferencias a cámaras compensadoras del exterior de los instrumentos de endeudamiento público colocados por licitación en el mercado local, resulta necesario modificar el horario de liquidación previsto en las normas de procedimiento mencionadas en el considerando precedente.

Que el Servicio Jurídico competente ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, por el Anexo al Artículo 2º del Decreto N° 32 de fecha 12 de enero de 2017 y por la Planilla Anexa al Artículo 2° del Decreto N° 64 de fecha 24 de enero de 2017.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

Y

EL SECRETARIO DE FINANZAS

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Anexo (IF-2017-07998044-APN-SSF#MF) de la Resolución Conjunta Nº 1-E de fecha 10 de abril de 2017 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA y la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE FINANZAS (RESFC-2017-1- APN-SECF#MF) y sus modificaciones, denominado “Procedimiento para la emisión y colocación de Letras del Tesoro emitidas en el marco del Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, que correspondan ser reembolsadas en el mismo ejercicio financiero en que se emitan”, por el Anexo (IF-2017-21121145-APN-SSF#MF) que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rodrigo Hector Pena. — Santiago Bausili.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 29/09/2017 N° 72796/17 v. 29/09/2017

Fecha de publicación 29/09/2017