MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución 835-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2017
VISTO el Expediente Nº S01:0290319/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que la firma FIELDFARE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (FIELDFARE ARGENTINA S.R.L) solicitó su habilitación como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Parque Solar FV CAFAYATE de OCHENTA MEGAVATIOS (80 MW) de potencia nominal, instalado en el Departamento Cafayate, Provincia de SALTA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) con la Estación Transformadora Cafayate, vinculada a instalaciones de la empresa de TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.).
Que mediante Nota B-108976-1 de fecha 15 de julio de 2016 la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa que la firma FIELDFARE ARGENTINA S.R.L. cumple los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).
Que, mediante Resolución Nº 29 de fecha 8 de noviembre de 2016, la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y PRODUCCIÓN SUSTENTABLE de la Provincia de SALTA resuelve aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Solar FV Cafayate.
Que la firma FIELDFARE ARGENTINA S.R.L ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) del Parque Solar FV Cafayate se publicó en el Boletín Oficial Nº 33.568 de fecha 16 de febrero de 2017, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.
Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que el Artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y por la Resolución Nº 25 de fecha 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma FIELDFARE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (FIELDFARE ARGENTINA S.R.L) para su Parque Solar FV CAFAYATE de OCHENTA MEGAVATIOS (80 MW) de potencia nominal, instalado en el Departamento Cafayate, Provincia de SALTA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) con la Estación Transformadora Cafayate, vinculada a instalaciones de la empresa de TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.).
ARTÍCULO 2º.- Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la firma FIELDFARE ARGENTINA S.R.L., titular del Parque Solar FV Cafayate, en su vínculo de interconexión con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) con TRANSNOA S.A. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.
ARTÍCULO 3º- Notifíquese a la firma FIELDFARE ARGENTINA S.R.L., a CAMMESA, a TRANSNOA S.A y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Valerio Sruoga.
e. 02/10/2017 N° 73846/17 v. 02/10/2017
Fecha de publicación 02/10/2017