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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 1821-E/2017

RESOL-2017-1821-APN-ENACOM#MM – Fecha 19/9/2017 – ACTA 24

EXPAFSCA 9081.00.0/15

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos del concurso público 81, convocado mediante la Resolución N° 894-AFSCA/15, prorrogada y modificada por su similar Nº 1072-AFSCA/15, con el objeto de adjudicar a personas físicas y jurídicas con fines de lucro y personas jurídicas sin fines de lucro, 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, en el canal digital 35.1 de la banda de UHF, con categoría K y formato de transmisión HD 720 (tasa de transmisión de hasta 7 Mbits/s), en la ciudad de CORRIENTES, provincia homónima, en la modalidad Licenciatario Operador. 2.- Adjudicar a la firma TELEMEDIA SA (C.U.I.T. Nº 30-71168231-3) 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, en el canal digital 35.1 de la banda de UHF, con categoría K y formato de transmisión HD 720 (tasa de transmisión de hasta 7 Mbits/s), en la ciudad de CORRIENTES, provincia homónima, bajo la modalidad de Licenciatario Operador. 3.- Rechazar la oferta presentada por la firma MULTITARGET SA (C.U.I.T. N° 30-70977060-4). 4.- Establecer que las licencias otorgadas por el Artículo 2º de la presente abarcará un período de 10 años contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada, a solicitud de la licenciataria. 5.- La licenciataria deberá sustituir la garantía inicial por la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes del acto administrativo de adjudicación, por un monto de PESOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS CON SESENTA Y CINCO ($ 33.572,65.-), dentro del plazo de 15 días corridos de notificado el presente acto administrativo. Dicha garantía deberá ser constituida en alguna de las modalidades previstas por el Artículo 11 del Pliego de Bases y Condiciones y mantenida hasta el inicio de las emisiones regulares. 6.- La licenciataria deberá presentar dentro de los 180 días corridos de notificado el presente acto, una certificación suscripta por un profesional de la Ingeniería, y adjuntar el Certificado de Encomienda Profesional, extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación. 7.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC), con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio del aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 8.- La licenciataria deberá conservar las pautas y objetivos de la propuesta comunicacional expresados por la programación comprometida. 9.- La licenciataria deberá incluir en el multiplex digital a uno o mas prestadores de servicios de comunicación audiovisual, ya sean, estos licenciatarios o autorizados sin responsabilidad por la Multiplexación y transmisión, asumiendo los costos derivados de éstas, sin poder ser transferidos a ellos, en las condiciones que determine el ENACOM. 10.- ENACOM fiscalizará el cumplimiento de los compromisos contraídos por la adjudicataria en su propuesta, además de todas aquellas obligaciones derivadas de la aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de servicios de comunicación audiovisual y las establecidas en el pliego de bases y condiciones y el presente acto. 11.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas en el presente artículo, importará la caducidad del acto de adjudicación. 13.- Comuníquese notifíquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel de Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 02/10/2017 N° 73486/17 v. 02/10/2017

Fecha de publicación 02/10/2017