ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 1752-E/2017
RESOL-2017-1752-APN-ENACOM#MCO - Fecha 18/09/2017 - ACTA 24
EXPCOMFER 3313.00.0-06
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1º.- Adjudicar a la firma RADIODIFUSORA VIRGEN DEL CARMEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-66983903-7), integrada por el señor Juan Carlos VACCARO (D.N.I. N° 10.289.699), con una participación societaria de 120 cuotas, Juan Simón MURGGIA (D.N.I. N° 14.815.562), con una participación societaria de 120 cuotas y la señora Susana Soledad CÓRDOBA (D.N.I. N° 28.960.925), con una participación societaria de 120 cuotas, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el canal 222, frecuencia 92.3 MHz, categoría E, identificada con la señal distintiva LRR303, de la localidad de EMPEDRADO, provincia de CORRIENTES. 2º.- La licencia otorgada abarcará un período de 15 años contados a partir de fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 3°.- Otorgar un plazo de 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que la licenciataria envíe la documentación. 4º.- El monto de la garantía de cumplimiento de contrato asciende a la suma de PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE ($ 6.919), debiendo el depósito, dentro de los 30 días corridos de publicada la presente. 5º.- Establecer que dentro de los 365 días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo. 6°.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio del aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 7°.- La adjudicataria deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los 120 días de otorgada la licencia, de así corresponder. 8º.- Notifíquese, comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 03/10/2017 N° 73730/17 v. 03/10/2017
Fecha de publicación 03/10/2017