ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 1780-E/2017
RESOL-2017-1780-APN-ENACOM#MM - Fecha 18/9/2017 - ACTA 24
EXPCOMFER 1465/96
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Autorizar a la firma SUPERCANAL S.A. (CUIT Nº 30-61118252-6), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de VALLE VIEJO y FRAY MAMERTO ESQUIÚ, ambas de la provincia de CATAMARCA. 2.- Emplazar a la licenciataria a presentar, dentro de 180 días corridos a partir de la notificación de la presente, tanto las copias autenticadas de las ordenanzas o resoluciones municipales que autoricen el tendido aéreo de la red exterior del sistema en cada una de las localidades consignadas en el Artículo primero, como las autorizaciones del organismo o empresa propietaria de los postes a utilizarse para la fijación de la red, bajo apercibimiento de caducidad del presente acto. 3.- Previo al inicio de la prestación del servicio en el área de cobertura de las localidades consignadas, la licenciataria deberá acreditar la instalación del sistema a través de la presentación de una certificación firmada por un Ingeniero de COPITEC, acompañando el correspondiente Certificado de Encomienda Profesional. El inicio de las transmisiones sin el cumplimiento del prenotado requisito, dará lugar a la caducidad de la presente autorización, previa intimación. 4.- Comuníquese, notifíquese y publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 03/10/2017 N° 73829/17 v. 03/10/2017
Fecha de publicación 03/10/2017