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17 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE POSADAS

CÓDIGO ADUANERO LEY 22.415 - ARTÍCULO 1013 INC. h)

Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción o Delito imputado, bajo apercibimiento de Rebeldía (art. 1115) deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana (art. 1001), bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia del art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente. Asimismo, se le notifica que se proceda en forma inmediata a darle destinación Aduanera (Subasta, Donación y/o Destrucción) a la mercadería involucrada en los términos de los arts. 417 ss., 439 y 448 y concordantes del C.A. Ley 25.603 y la Ley 22.415. Firmado: FERNANDO GARNERO, Administrador, Aduana de Posadas.

SCIMPUTADODOCUMENTOART.MULTA
46-180/2017-8GONZALEZ VILLAGRA LUIS ALBERTODNI N° 93.280.157866 2° Párrafo y 871 del CA$904.632,57

Fernando F. Garnero, Administrador (I), División Aduana Posadas.

e. 05/10/2017 N° 74690/17 v. 05/10/2017

Fecha de publicación 05/10/2017