MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Resolución 373-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 05/10/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-01338998-APN-DCC#MEM, el Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 reglamentado por el Anexo al Decreto N° 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el Visto, se tramitó la Licitación Pública Nacional Nº 452-0002-LPU17, correspondiente a la contratación de un servicio de impresión para las distintas dependencias de este Ministerio, por el plazo de DOCE (12) meses.
Que, con fecha 3 de agosto de 2017, se efectuó el Acto de Apertura de Ofertas (IF-2017-16152715-APN- DCC#MEM), en el que se recepcionaron DOS (2) propuestas pertenecientes a las firmas TNGROUP SOCIEDAD ANÓNIMA (TNGROUP S.A.) (C.U.I.T. N° 30-70808520-7) y EMIXER SOCIEDAD ANÓNIMA (EMIXER S.A.) (C.U.I.T. N° 30-70833579-3), conforme surge del Acta de Apertura respectiva.
Que, con fecha 16 de agosto de 2017, la Coordinación de Infraestructura y Servicios Generales de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, ha emitido el correspondiente Informe Técnico (IF-2017-17395075-APN-SSCA#MEM).
Que la Comisión Evaluadora, designada al efecto, procedió a solicitar a la firma TNGROUP S.A. una mejora de precio (IF-2017-19336136-APN-SSCA#MEM) en virtud de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y el valor de referencia establecido en el Informe Técnico de Precios Testigo N° 700/2017 (IF-2017-16720217-APN-DCC#MEM) de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
Que con fecha 31 de agosto de 2017, la firma mencionada en el párrafo precedente, procedió a efectuar una mejora en el precio equivalente al TRES POR CIENTO (3%) sobre su Oferta Base, que fue aceptada.
Que con fecha 5 de septiembre de 2017, la Comisión Evaluadora, ha emitido el Dictamen de Evaluación (IF-2017-19231793-APN-SSCA#MEM) mediante el cual recomendó: 1) Adjudicar la Licitación Pública N° 452-0002-LPU17 a la firma TNGROUP S.A. en su Oferta Base ; 2) Desestimar la Oferta Alternativa de la firma TNGROUP S.A., por no cumplir con los requisitos establecidos en las Especificaciones Técnicas, dado que la totalidad de equipos ofertados son re manufacturados a nuevo; 3) Desestimar la Oferta de la firma EMIXER S.A., por no cumplir con las Especificaciones Técnicas, debido a que en la totalidad de equipos ofertados existe un costo por cada copia excedente.
Que el referido Dictamen de Evaluación ha sido debidamente notificado, no habiendo sido impugnado en el plazo establecido de conformidad con el artículo 73 del Anexo al Decreto Nº 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016.
Que el presente trámite fue encauzado en la figura de la Licitación Pública Nacional, contemplada en el artículo 25, inciso a), apartado 1) y en el artículo 26, inciso b), apartado 1) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y el artículo 13 y concordantes del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Anexo al Decreto Nº 1.030/2016.
Que, mediante las Resoluciones Nros. 14 de fecha 19 de febrero de 2016 y 100 de fecha 7 de junio de 2016, ambas de este Ministerio, se han designado los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción, los que actuarán en forma permanente en los procedimientos de contratación en el ámbito de este Ministerio.
Que la Dirección de Presupuesto de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Anexo al Decreto Nº 1.030/2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento realizado para la Licitación Pública Nacional N° 452-0002- LPU17, correspondiente a la contratación de un servicio de impresión para las distintas dependencias de este Ministerio, por el plazo de DOCE (12) meses.
ARTÍCULO 2°.- Adjudícase a la firma TNGROUP SOCIEDAD ANÓNIMA (TNGROUP S.A.) (C.U.I.T. 30-70808520-7) la Licitación de que se trata, por ajustarse su oferta base al Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2017-06575559-APN-DCC#MEM), al Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2017-02264988-APN-SSCA#MEM) y al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (DI-2016-01712506- APN-ONC#MM), que forman parte integrante de la presente medida.
Total Adjudicado en la Licitación Pública Nacional, Proceso de Compra N° 452-0002-LPU17, la suma de PESOS TREINTA MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL NOVENTA Y TRES CON VEINTE CENTAVOS ($30.085.093,20).
ARTÍCULO 3°.- Desestímase la oferta alternativa presentada por la firma TNGROUP S.A., y la oferta presentada por la firma EMIXER SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-70833579-3), conforme lo expuesto en el Dictámen de Evaluación (IF-2017-19231793-APN-SSCA#MEM).
ARTÍCULO 4°.- Impútase el presente gasto a los siguientes Ejercicios Financieros: en la Categoría Programática 1, Actividad 1, Inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9; Programa 73, Inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9; Programa 74, Inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9, Fuente de Financiamiento 13; y en la Categoría Programática 1, Actividad 1, Inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9; en el Programa 32, Inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9; Programa 73, Inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9; Programa 74, Inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9, Fuente de Financiamiento 11, pertenecientes a la Jurisdicción 58, Servicio de Administración Financiera (SAF) 328 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 5°.- Procédase al registro del compromiso definitivo y autorízase a la Dirección de Compras y Contrataciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio, a emitir la Orden de Compra respectiva.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan José Aranguren.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 06/10/2017 N° 75956/17 v. 06/10/2017
Fecha de publicación 06/10/2017