ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 1837-E/2017
RESOL-2017-1837-APN-ENACOM#MM - Fecha: 19/9/2017 - ACTA 24
EXPSC 11251/1988
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la COOPERATIVA TELEFÓNICA Y DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Y ASISTENCIALES DE PIAMONTE LIMITADA (C.U.I.T. 30-57186698-2) Licencia, para prestar al público el servicio de Valor Agregado- Acceso a Internet, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo de la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 2483/16. 2.- Inscribir a la COOPERATIVA TELEFÓNICA Y DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Y ASISTENCIALES DE PIAMONTE LIMITADA en el Registro de Servicios TIC- Servicio Valor Agregado-Acceso a Internet previsto en el artículo 3 del Anexo de la Resolución ENACOM N° 2483/16. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico y/o recursos de numeración y señalización para la prestación del servicio inscripto, debiendo la autorización de uso de estos recursos tramitarse ante este Organismo. 4.- Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 06/10/2017 N° 75528/17 v. 06/10/2017
Fecha de publicación 06/10/2017