BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “C” 76346/2017
19/09/2017
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Gestión crediticia. Cumplimiento de las obligaciones previsionales. Aclaración.
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de indicarles que de acuerdo con lo establecido por la Resolución General N° 4128-E de la Administración Federal de Ingresos Públicos, con vigencia a partir del 9.10.17, las entidades financieras deberán ingresar al servicio denominado “Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales”, disponible en el sitio Web de dicho organismo (http://www.afip.gob.ar), utilizando “Clave Fiscal”, para verificar la inexistencia de deuda liquida y exigible por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, con relación a los solicitantes de préstamos que revistan el carácter de empleadores del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
En ese sentido, les señalarnos que, si como resultado de dicha consulta surge que existen deudas, deberán notificar tales incumplimientos al solicitante del préstamo, comunicándole que las mismas podrán cancelarse mediante el procedimiento indicado en la citada resolución.
Asimismo, en el caso de entidades financieras públicas, deberán constatar que el solicitante del préstamo no se encuentre incluido en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
Por último, se informa que las entidades financieras intervinientes podrán afectar, en forma parcial o total y a requerimiento del tomador, el crédito oportunamente aprobado a la cancelación total de las deudas.
Saludarnos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Ricardo M. Tustanoski, Jefe, Gerencia de Aplicaciones Normativas. — Mirta M. Noguera, Gerente de Aplicaciones Normativas.
e. 09/10/2017 N° 76068/17 v. 09/10/2017
Fecha de publicación 09/10/2017