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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Decisión Administrativa 868/2017

Desígnase Director de Gestión Territorial.

Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2017

VISTO el Expediente Nº S05:0033918/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 aprobado por la Ley Nº 27.341, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 32 de fecha 7 de enero de 2016 y sus modificatorios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y la Resolución N° 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012 del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por el artículo 7° de la mencionada Ley, se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por la Resolución N° 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012 del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se creó, entre otras, la Dirección de Gestión Territorial dependiente de la Dirección Nacional de Desarrollo Territorial Rural de la ex - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES de la ex - SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del citado ex – Ministerio.

Que por el Decreto Nº 32/16 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que en virtud de específicas razones de servicio se considera imprescindible la cobertura transitoria de UN (1) cargo vacante Nivel B Función Ejecutiva Nivel III del SINEP, correspondiente al titular de la Dirección de Gestión Territorial del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA a partir del 1° de julio de 2016.

Que el agente propuesto debe ser exceptuado del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el Estado Nacional.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.341 y 2º del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente a partir del 1° de julio de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en UN (1) cargo vacante Nivel B, Grado 0 Función Ejecutiva Nivel III del SINEP, como titular de la Dirección de Gestión Territorial del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, al Contador Público D. Roberto Carlos GALLINA (M.I. N° 21.551.074), autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio Colectivo y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.341.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente medida, deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Ricardo Buryaile.

e. 10/10/2017 N° 77045/17 v. 10/10/2017

Fecha de publicación 10/10/2017