MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE MINERÍA
Resolución 149-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-19057766- -APN-DDYME#MEM del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que con la firma del ACUERDO FEDERAL MINERO encabezada por el Sr. Presidente de la Nación y los Gobernadores Provinciales el pasado 13 de junio de 2017, surgió para la SECRETARÍA DE MINERÍA la imperiosa necesidad de incluir al mismo dentro del plan de comunicaciones oficiales.
Que resultando imposible prever la fecha de celebración de dicho acuerdo, no existió la posibilidad de agendar la comunicación del mismo, y su trascendencia y magnitud exigieron su incorporación inmediata dentro del plan de comunicación, por tratarse de un hecho extraordinario, único y basamental.
Que la adecuada comunicación de dicho evento a los sujetos vinculados con la actividad minera y a la ciudadanía en general tiene una importancia vital, dado que permite mejorar la relación de la SECRETARÍA DE MINERÍA con todos ellos y dar a conocer las gestiones realizadas en pos de la comunidad.
Que en dicho marco, a los fines de cumplir con el objetivo comunicacional referenciado, se ha concretado una impresión de material en el medio gráfico especializado en el sector, “El Obrero Minero”, ya que representa un canal ideal para acercar el mensaje a los receptores sectoriales de la minería en su conjunto.
Que dicha publicación se inscribe en la campaña que se ha diseñado e implementado a partir de un estudio de nivel de conocimiento y percepción respecto a la actividad minera en el país desde una perspectiva cuanti y cualitativa, siendo que dicho objetivo se abordó teniendo en cuenta tres alternativas, entre la que se encuentra el “Público residente en zonas de impacto primario y directo de la actividad minera”.
Que con la estrategia señalada se apunta a analizar el nivel de conocimiento y percepción que distintos sectores de la población tienen, desde una perspectiva que aborde integralmente todo el proceso que implica el desarrollo de la actividad minera y que otorgue información precisa sobre las representaciones, saberes, valoraciones y posibles conflictos de cada grupo identificado, para el diseño y ejecución de la estrategia de comunicación y la campaña de sensibilización de la SECRETARÍA DE MINERÍA.
Que en atención de que la fecha de cierre de la publicación era el 15 de septiembre de 2017, no ha sido posible tramitar la contratación por el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto 1023 del 13 de agosto de 2001.
Que en atención a las razones expuestas, y habiéndose recibido el correspondiente servicio de impresión gráfica por parte de la señora Juárez Adriana Mabel corresponde reconocer de legítimo abono un crédito a favor de la misma por un importe de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000), importe que por otro lado, según se informa en las actuaciones, se encuentra en valores de mercado razonables.
Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha establecido que “... al haber recibido la administración un servicio útil sin contraprestación alguna, se habría configurado un enriquecimiento sin causa por parte de ésta (...) Independientemente de la existencia de un proceso de contratación, de las constancias del expediente se desprende con certeza que los servicios cuyo pago se reclama fueron efectivamente prestados...” (Dictámenes: Tomo 280, Página 107; Dictamen N° 32 del 2 de febrero de 2012).
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO y la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.
Que, la presente medida se dicta en virtud de los objetivos de esta Secretaría, aprobados por el Decreto 231 del 22 de diciembre de 2015 y el artículo 35, inciso b) del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007 y su modificatorio.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Reconocer de legítimo abono un crédito a favor de la señora Juárez Adriana Mabel, por la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) por la impresión de material gráfico en la revista especializada en el sector minero “El Obrero Minero”.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la COORDINACIÓN DE EJECUCIÓN DE GASTO de la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y FINANZAS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA a liquidar la suma de PESOS VIENTICINCO MIL ($ 25.000) correspondientes al pago de la factura mencionada.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputa a la Partida 3.5.3 – Imprenta, publicaciones y reproducciones, Programa 32 – Formulación y Ejecución de la Política Geológico-Minera, Fuente de Financiamiento 13 – Recursos con Afectación Específica, SAF 328 – MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Daniel Meilan.
e. 11/10/2017 N° 76951/17 v. 11/10/2017
Fecha de publicación 11/10/2017