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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE FINANZAS

Resolución 191-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-23519391-APN-MF y los Decretos Nros. 675 del 21 de julio de 1997, 1.951 del 7 de diciembre de 2007, 1.278 del 25 de julio de 2012, 196 del 10 de febrero de 2015 y 805 del 6 de octubre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 675 del 21 de julio de 1997, se constituyó el FONDO FIDUCIARIO DE CAPITAL SOCIAL, y se facultó a la entonces SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para constituir una Sociedad Anónima con el único objeto de administrar el referido Fondo.

Que con sustento en el FONDO FIDUCIARIO DE CAPITAL SOCIAL, se constituyó la sociedad FONCAP SOCIEDAD ANÓNIMA conforme el estatuto aprobado como Anexo I del Decreto mencionado precedentemente.

Que tal como se establece en el decreto constitutivo, el CUARENTA Y NUEVE POR CIENTO (49 %) de las acciones corresponden a la Clase A de propiedad exclusiva del Estado Nacional, reservándose el otro CINCUENTA Y UNO POR CIENTO (51 %) a las acciones Clase B, las que son destinadas a ser suscriptas por organizaciones sin fines de lucro representativas de los sectores Social, Empresario y de Organismos y Fundaciones Internacionales comprometidos en el desarrollo del sector de la microempresa de menores recursos.

Que por el Decreto N° 1.951 del 7 de diciembre de 2007 se transfirieron las acciones Clase A de FONCAP SOCIEDAD ANONIMA al entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que por su parte, por el Decreto N° 805 del 6 de octubre de 2017 se volvieron a transferir las mencionadas acciones del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, actual MINISTERIO DE HACIENDA al MINISTERIO DE FINANZAS, estableciendo que será la SECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS la que sustituirá a todos los efectos a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA del MINISTERIO DE HACIENDA, en todas las competencias que a esta última le habían sido asignadas en el marco de los Decretos Nros. 1278 del 25 de julio de 2012 y 196 del 10 de febrero de 2015.

Que por el mencionado decreto se sustituyó el artículo 7° del Decreto N° 675/97 estableciendo que la SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS será la autoridad de aplicación y dictará las normas que resultaren necesarias para su cumplimiento.

Asimismo, se facultó al MINISTERIO DE FINANZAS a dictar el Reglamento de Representantes y Directores designados por las acciones o participaciones accionarias del ESTADO NACIONAL, cuyos derechos políticos ejerce el MINISTERIO DE FINANZAS, o cuyas designaciones hubieran sido efectuadas a su propuesta.

Que en ese sentido, resulta oportuno reglar en consecuencia.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 805/17.

Por ello,

EL MINISTRO DE FINANZAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase como Anexo I (IF-2017-23736793-APN-SECSF#MF) a la presente medida, el REGLAMENTO DE REPRESENTANTES Y DIRECTORES DESIGNADOS POR LAS ACCIONES O PARTICIPACIONES ACCIONARIAS DEL ESTADO NACIONAL CUYOS DERECHOS POLÍTICOS EJERCE EL MINISTERIO DE FINANZAS, O CUYAS DESIGNACIONES HUBIERAN SIDO EFECTUADAS A PROPUESTA DE DICHO MINISTERIO.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Luis Andres Caputo.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 12/10/2017 N° 78054/17 v. 12/10/2017

Fecha de publicación 12/10/2017