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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 770-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2017

VISTO el EX-2017-10198847-APN-DGRH#MI, la Ley N° 27.341, los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, N° 2309 del 30 de diciembre de 2010, N° 1165 del 11 de noviembre de 2016 y N° 485 del 31 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 1165/16 se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que asimismo, por el artículo 2° del Decreto N° 1165/16, se estableció que en ningún caso la prórroga de la designación que se instrumente en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo primero de dicha medida podrá exceder el 31 de octubre de 2017.

Que por el Decreto N° 2309/10 fue designado transitoriamente, el Lic. D. Claudio Alejandro LUJAN (D.N.I. Nº 14.100.682) en el cargo de DIRECTOR DE PROCESOS ELECTORALES (Nivel B, Grado 0, F.E. III) de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL, siendo la última prórroga dispuesta por el Decreto N° 485/15.

Que en esta instancia, resulta necesario prorrogar la mencionada designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente y/o hasta el 31 de octubre de 2017, lo que ocurra primero, toda vez que aún no se ha realizado el proceso de selección previsto.

Que la presente medida se ajusta a lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1165/16 y no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 1165/16.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dáse por prorrogada, a partir del 22 de diciembre de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente y/o hasta el 31 de octubre de 2017, lo que ocurra primero, la designación transitoria del Lic. Claudio LUJAN (D.N.I. Nº 14.100.682) en el cargo de DIRECTOR DE PROCESOS ELECTORALES de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ELECTORALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, (Nivel B, Grado 0, F.E. III) del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en las mismas condiciones oportunamente dispuestas por el Decreto N° 485 del 31 de marzo de 2015, autorizándose el correspondiente pago de la función ejecutiva Nivel III del citado convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo mencionado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente y/o antes el 31 de octubre de 2017, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio deberá comunicar la presente medida al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, dentro del plazo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 1165 del 11 de noviembre de 2016.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio.

e. 12/10/2017 N° 77323/17 v. 12/10/2017

Fecha de publicación 12/10/2017