Edición del
24 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MONUMENTOS HISTÓRICOS NACIONALES

Decreto 832/2017

Declaración.

Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2017

VISTO el Expediente N° 14.022/15 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, por el que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS propone la declaratoria como monumento histórico nacional de la ESCUELA PRESIDENTE ROCA (Nº 7, D.E. 1º), ubicada en la calle LIBERTAD N° 581, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y

CONSIDERANDO:

Que la ex DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA del entonces CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN construyó la ESCUELA PRESIDENTE ROCA entre los años 1901 y 1903, estando el diseño y la obra a cargo del arquitecto italiano Carlos MORRA.

Que la Escuela es un ejemplo paradigmático de las construcciones realizadas dentro del PLAN DE EDIFICACIÓN ESCOLAR del año 1899 por el CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN.

Que la Escuela fue, entre los años 1904 y 1917, la Escuela Modelo de experimentación pedagógica del CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN.

Que en la Escuela tuvo lugar la sesión de clausura del Primer Congreso Femenino Internacional de la REPÚBLICA ARGENTINA, el 23 de mayo de 1910.

Que en el año 1915 la foto de la Escuela formó parte de la presentación argentina en la Panama-Pacific Exposition realizada en la Ciudad de SAN FRANCISCO, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, como demostración de los logros argentinos en educación primaria.

Que en el año 1928 el CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN instaló con carácter experimental un nuevo tipo de iluminación artificial eléctrica para mejorar las condiciones de estudio en los cursos nocturnos para adultos.

Que la ESCUELA PRESIDENTE ROCA se encuentra catalogada por el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con Nivel de Protección Estructural integrando el Distrito APH 31 – Entorno Plaza Lavalle, Decreto Nº 1.257-GCABA/08.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, aconseja su declaratoria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado debida intervención.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1º ter, inciso b) de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárase monumento histórico nacional al edificio de la ESCUELA PRESIDENTE ROCA (Nº 7, D.E. 1º), ubicada en la calle LIBERTAD N° 581, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción 14, Sección 5, Manzana 55, Parcela 5).

ARTÍCULO 2º.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alejandro Pablo Avelluto.

e. 18/10/2017 N° 79430/17 v. 18/10/2017

Fecha de publicación 18/10/2017