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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 835/2017

Recházase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2017

VISTO el Expediente Nº S04:0028838/2014 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios y las Resoluciones Conjuntas ex S.G.P. N° 84 y ex M.J.S. y D.H. N° 928 del 16 de octubre de 2009 y ex S.G. N° 112 y M.J. y D.H. N° 1496 del 15 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio interpuesto por la agente María Isabel SCHIAVI de la planta permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SISTEMA ARGENTINO DE INFORMACIÓN JURÍDICA de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS contra la Resolución Conjunta ex S.G.P. N° 84/09 y ex M.J.S. y D.H. N° 928/09, por la cual se dio por aprobado, a partir del 1° de diciembre de 2008, el reencasillamiento del personal permanente del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios.

Que por la Resolución Conjunta ex S.G. N° 112 y M.J. y D.H. N° 1496 del 15 de julio de 2015 se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por la agente citada en el considerando anterior.

Que notificada la recurrente en los términos del artículo 88 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991”, a efectos de ampliar o mejorar los fundamentos de su recurso jerárquico, no hizo uso de ese derecho.

Que no existiendo otros elementos de juicio que permitan desvirtuar el reencasillamiento recurrido, corresponde el rechazo del recurso jerárquico interpuesto.

Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete en los términos del artículo 92 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991”.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que el presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de lo dispuesto por el artículo 90, segundo párrafo, del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991”.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Recházase el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por la agente María Isabel SCHIAVI (D.N.I. N° 16.826.843) Nivel escalafonario SINEP D Grado 12, Agrupamiento General, Tramo Avanzado de la planta permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SISTEMA ARGENTINO DE INFORMACIÓN JURÍDICA de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, contra la Resolución Conjunta ex S.G.P. N° 84 y ex M.J.S. y D.H. N° 928 del 16 de octubre de 2009.

ARTÍCULO 2º.- Hágase saber a la recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991”, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por su artículo 100.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Germán Carlos Garavano.

e. 18/10/2017 N° 79426/17 v. 18/10/2017

Fecha de publicación 18/10/2017