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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY

-EDICTO-

Se hace saber a Ud., que deberá presentarse dentro de los (5) cinco días hábiles de recibida la presente en horarios de 09:00 hs. a 15:00 hs. en la Sección Asistencia Técnica de la Aduana de Concepción del Uruguay sita en Estrada N° 4 a los efectos de la verificación de las mercaderías para su posterior aforo, interdicta por Gendarmería Nacional a saber: Día 25 de Junio del año 2016 en Control sobre Ruta Nac. 14 altura Km. 124,5, Depto. Uruguay, afectada a la actuación que se substancia por ésta dependencia como 015-SC-112-2017/4, caratulado como “IRIARTE YAMILA PILAR S/INFR. ART. 987 C.A. LEY 22.415”, Actuación N° 12468-357-2016/4; Día 24 de Diciembre del año 2016 en Control sobre Ruta Nac. 14 altura Km. 124,5, Depto. Uruguay, afectada a la actuación que se substancia por ésta dependencia como 015-SC-106-2017/9, caratulado como “ACOSTA ANIBAL S/INFR. ART. 987 C.A. LEY 22.415”, Actuación N° 12468-58-2017/1; Día 26 de Marzo del año 2017 en Control sobre Ruta Nac. 14 altura Km. 124,5, Depto. Uruguay, afectada a la actuación que se substancia por ésta dependencia como 015-SC-109-2017/3, caratulado como “GONZALEZ ADRIAN DAMIAN S/INFR. ART. 987 C.A. LEY 22.415”, Actuación N° 12468-125-2017; Día 26 de Marzo del año 2017 en Control sobre Ruta Nac. 14 altura Km. 124,5, Depto. Uruguay, afectada a la actuación que se substancia por ésta dependencia como 015-SC-108-2017/5, caratulado como “GARCIA ALEXIS OSVALDO S/INFR. ART. 985 C.A. LEY 22.415”, Actuación N° 12468-122-2017; Día 21 de Abril del año 2017 en Control sobre Ruta Nac. 14 altura Km. 124,5, Depto. Uruguay, afectada a la actuación que se substancia por ésta dependencia como 015-SC-110-2017/2, caratulado como “BARRIOS ESPINOLA JULIO CESAR S/INFR. ART. 987 C.A. LEY 22.415”, Actuación N° 12468-173-2017; en los términos del artículo 1.094 Inc. b) de la Ley 22.415 -Código Aduanero-. De no comparecer, se procederá a los citados actos sin su presencia, perdiendo el derecho a reclamo por los mismos conforme artículo 242 del mismo texto legal.

Además, se le hace saber también que, en su primera presentación deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de ésta Aduana, caso contrario se le tendrá por constituido en ésta oficina aduanera (Arts. 1001, 1004 y ccts. del Código Aduanero), y que en las presentaciones que se planteen cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado (conf. Art. 1034 de la Ley 22.415).

ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.,

Marcela Plouchouk, Administradora (I), División Aduana Concepción del Uruguay.

e. 18/10/2017 N° 78639/17 v. 18/10/2017

Fecha de publicación 18/10/2017