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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6317/2017

07/09/2017

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular OPRAC 1 - 911. Línea de financiamiento para la producción y la inclusión financiera. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

“1. Incorporar como punto 4.12. de las normas sobre “Línea de financiamiento para la producción y la inclusión financiera” lo siguiente:

“4.12. Incorporación de carteras de créditos del programa “Crédito Argenta”.

Incorporación de financiaciones otorgadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en el marco del programa de créditos personales “Crédito Argenta”.

Estas financiaciones podrán alcanzar hasta el 25 % del Cupo definido en la Sección 2.”

2. Sustituir los puntos 5.1. y el cuarto párrafo del punto 5.2. de las normas sobre “Línea de financiamiento para la producción y la inclusión financiera” por lo siguiente:

“5.1. Tasa de interés máxima.

La tasa de interés máxima a aplicar —excepto para las financiaciones comprendidas en los puntos 4.3., 4.5., 4.6., 4.7. y 4.12.— será del 22 % nominal anual fija para las operaciones que se acuerden hasta al 31.10.16 y del 17 % nominal anual fija para las acordadas a partir del 1.11.16 o, en el caso de las financiaciones expresadas en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por “CER” (“UVA”), del 1 % nominal anual.

Para las operaciones contempladas en el punto 4.1. con clientes que no reúnan la condición de MiPyMEs: libre.”

5.2. Moneda y plazos.

“Las operaciones de descuento de cheques de pago diferido y de otros documentos a MiPyMEs así como las financiaciones que se incorporen conforme a los puntos 4.3. y 4.12. no tendrán plazo mínimo.”

Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre “Línea de financiamiento para la producción y la inclusión financiera”. Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamiento y Resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Emisión de Normas. — Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Comunicación “A” se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 18/10/2017 N° 78381/17 v. 18/10/2017

Fecha de publicación 18/10/2017