TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN - SECRETARÍA GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
EDICTO
El Tribunal Fiscal de la Nación, Sala A, Vocalía de la 1era. Nominación, a cargo del Dr. Ignacio BUITRAGO, con sede en la Av. Julio A. Roca 651, Piso 7°, Capital Federal, comunica por dos (2) días en autos “PRIMERA CLASE S.A. s/ Recurso de Apelación”, Expte. N° 28.732-I que se ha dictado la siguiente resolución: “Buenos Aires, 8 de noviembre de 2016.- CONSIDERANDO:... SE RESUELVE: 1°) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes por el Fisco Nacional en la suma de $15.062 (PESOS QUINCE MIL SESENTA Y DOS), para la Dra. Marcela Victoria Caparróz Vazquez, por su actuación como apoderada; en la suma de $7.531 (PESOS SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO), para la Dra. Lucía del Carmen Navarrete por su actuación como apoderada; en la suma de $18.827 (PESOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE), para el Dr. Carlos A. Muzzio por su acción como patrocinante y $37.655 (TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO) para el Dr. Horacio Jorge Piacentini por su actuación como patrocinante, los que en atención a la imposición de costas dispuesta en la sentencia de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de fecha 25 de marzo de 2015, quedan en un 30% a cargo del Fisco Nacional y el 70% restante a cargo de la parte actora. 2°) Regular honorarios de la profesional interviniente por la actora en la suma de $28.554 (PESOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO) para la Dra. Alejandra Isabel Gentile, por su actuación como apoderado y patrocinante, los que en atención a la imposición de costas dispuesta en la sentencia de la Exma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de fecha 25 de marzo de 2015, quedan en un 30% a cargo del Fisco Nacional y el 70% restante a cargo de la parte actora. 3°) Dejar constancia de que las presentes regulaciones no incluyen IVA, el que se adicionará conforme a la subjetiva situación de revista de los profesionales beneficiarios frente a dicho tributo (Conf. C.S.J.N. 16-6-93 en “Cía. General de Combustible”). 4°) Téngase presente el nuevo domicilio constituido por la actora a fs. 616. 5°) Remitir las presentes actuaciones a la Secretaría General de Asuntos Impositivos para que oportunamente se eleven los presentes autos a la Excma. Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, a sus efectos. Asimismo, déjase constancia que la presente resolución se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59, tercer párrafo del R.P.T.F.N. (AA 840 y sus modificaciones). Regístrese y notifíquese. Firmado: Dr. Ignacio BUITRAGO; Dr. José Luis PÉREZ. VOCALES”.
Manuela Solari, Funciones Autorizadas Res. TFN 13/2017, Secretaría General Administrativa, Tribunal Fiscal de la Nación.
e. 19/10/2017 N° 78713/17 v. 20/10/2017
Fecha de publicación 19/10/2017