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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 438-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2017

VISTO las propuestas de subasta pública de los turnos de Caza Deportiva del Ciervo Colorado y Jabalí Europeo en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, correspondientes a la Temporada 2018, cuyas actuaciones han recaído en el Expediente N° 5004/2017, y

CONSIDERANDO:

Que preliminarmente corresponden determinar las condiciones de la operación, la entidad encargada del remate, las fechas de comienzo y finalización de cada turno, las áreas incluidas, precios y toda otra cuestión vinculada a la Temporada de Caza Deportiva 2018.

Que en cuanto al marco normativo aplicable deberá ajustarse a lo estipulado en el Reglamento Único de Caza del Ciervo Colorado y del Jabalí Europeo en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, que fuera aprobado por la Resolución H.D. Nº 277/2011.

Que asimismo, debe tenerse presente que a través del Artículo 1° de la Resolución H.D. Nº 70/2002, se otorgó el usufructo, administración y comercialización de las áreas de caza “La Lagunita”, “Cuyín Manzano” y “Arroyo de los Quemados Norte”, a la “ASOCIACIÓN DE FOMENTO RURAL DE CUYÍN MANZANO”.

Que la Intendencia del Parque Nacional Lanín, mediante Nota Nº 787/2017 ha tomado intervención remitiendo al Intendente del Parque Nacional Nahuel Huapi la documentación respectiva, donde se consignaron las pautas de manejo sobre la Caza Deportiva del Ciervo Colorado y Jabalí Europeo y las subastas públicas de dicho Parque Nacional correspondientes a la Temporada 2018, a llevarse a cabo el día 13 de noviembre de 2017 (a fs. 3/9).

Que posteriormente la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi tomó la intervención de su competencia a través de la Nota Nº 907/2017, obrante a fs. 11, remitiendo a la Dirección Regional Patagonia Norte el proyecto de acto resolutivo que da cuenta de la organización de las subastas, distribución de los turnos y áreas involucradas, contemplando idénticos valores que los dispuestos para la Temporada 2017.

Que en dicho proyecto se consignaron las fechas, ámbito y horario en que se llevarán a cabo los remates, a saber: Parque Nacional Nahuel Huapi, 1º y 2º vuelta con fecha 14 de noviembre de 2017 a las 11:00 hs., en el Centro de Congresos y Convenciones “Arrayanes”, Villa La Angostura, provincia del Neuquén, Parque Nacional Lanín, 1º y 2º vuelta con fecha 13 de noviembre de 2017 a las 10.30 hs., en el Salón de Usos Múltiples de la MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE LOS ANDES, ciudad de San Martín de los Andes, provincia del Neuquén.

Que tal como surge del Informe Nº 443 de fecha 24 de agosto de 2017 (a fs. 14), la Dirección Regional Patagonia Norte ha tomado intervención informando que la organización de las subastas, la distribución de turnos en las áreas de caza habilitadas y los respectivos valores para la actividad deportiva en ambos Parques Nacionales son competencia neta de las Intendencias.

Asimismo, efectuó ciertas consideraciones respecto a la coordinación administrativa de la Mesa de Trabajo Regional de Caza Deportiva -Resolución H.D. Nº 18/2004- mencionada en el proyecto de acto resolutivo elaborado por la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi, expresando por último que en relación a aspectos de incumbencia de esa Dirección, no se encuentran objeciones al proyecto de resolución adjunto.

Que en relación a los valores base involucrados para la Temporada de Caza Deportiva 2018, a fs. 17/23 obra el Informe Técnico elaborado por la Dirección de Concesiones en el que consta un detallado análisis de los resultados obtenidos de la compulsa en subasta pública por la Temporada 2017, de acuerdo a las registraciones obtenidas del sistema ReNARI, acompañado también una propuesta de actualización de los mismos para la presente Temporada, cuestión que ha sido receptada en el Anexo IF-2017-20902412-APN- DC#APNAC, que forma parte integrante del presente (a fs. 29/29 Vta.).

Que asimismo, en relación a la actualización de las tarifas de trofeos, precintos, acompañantes, derechos y permisos de caza en propiedades privadas de los Parques Nacionales Lanín y Nahuel Huapi consignados en los Anexos IF-2017-24189168-APN-DC#APNAC e IF-2017-20903293-APN-DC#APNAC (a fs. 66 y 32) que forman parte integrante de la presente, se ha estimado conveniente utilizar como referencia el Índice de Precios al Consumidor publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC).

Que sin perjuicio de lo indicado precedentemente, a los efectos de homogeneizar y facilitar la tramitación y operatoria de las referencias tarifarias de la actividad aquí analizada, se ha incorporado al cuerpo del presente acto -como Anexo IF-2017-20903748-APN-DC#APNAC (a fs. 33), los rubros relacionados con las tarifas a cobrar por gestión de documentación y precintos.

Que dicha cuestión se ha estimado en un todo de acuerdo con los términos de la Resolución H.D. Nº 123/2017 que aprobó el Tarifario Institucional vigente, por cuanto expresó: “Que en relación a los rubros relacionados con la actividad cinegética dentro de la jurisdicción de esta Administración, se ha determinado preciso no ponderar en el propiciado tarifario institucional dichos montos y rubros, toda vez que los mismos serán incorporados en el marco normativo que se dicte a tal fin. Ello, se encuentra relacionado también con la necesidad de homogeneizar, ordenar y facilitar la gestión y operatoria de la actividad”.

Que asimismo, resulta de importancia para esta Administración contar con un registro formal de los participantes de cada uno de los lotes a subastar, por lo cual se ha confeccionado una Planilla de Registro Personal de Subasta de Áreas Fiscales de Caza, como instrumento a ser completado por aquellos que hayan sido acreditados en cada uno de los turnos, cuyo formato integra la presente como Anexo IF-2017-20904149-APN-DC#APNAC (a fs. 34).

Que el Artículo 8º del “Reglamento Único de Caza de Ciervo Colorado en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanin” aprobado por Resolución H.D. Nº 277/11 establece la obligatoriedad de dar la presente medida a publicidad en el Boletín Oficial de la Nación y sus similares de las provincias de Río Negro y Neuquén y en los diarios de mayor circulación de dichas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que las Intendencias de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, la Dirección Regional Patagonia, la Dirección Nacional de Uso Público y las Direcciones Generales de Administración y de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Concesiones han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso o), de la Ley N° 22.351.

Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la realización de las subastas públicas de las áreas de caza de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín correspondientes a la Temporada 2018, para las cuales será de aplicación el Reglamento Único de Caza del Ciervo Colorado y del Jabalí Europeo en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, que fuera aprobado por la Resolución N° 277/2011 del Honorable Directorio de esta Administración.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que las referidas subastas públicas se desarrollarán de acuerdo a las áreas, períodos y valores enunciados en los Anexos IF-2017-20900580-APN-DC#APNAC e IF-2017-20902412- APN-DC#APNAC, que forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Encomiéndase a la Asociación de Martilleros y Corredores Inmobiliarios de la IV Circunscripción Judicial de la provincia del Neuquén, la realización de la subasta pública de las áreas de caza del Parque Nacional Nahuel Huapi, a llevarse a cabo el día 14 de noviembre de 2017 y delParque Nacional Lanín, a llevarse a cabo el día 13 de noviembre de 2017, adjudicándose cada turno al mejor postor y quedando a cargo de las Intendencias de los citados Parques Nacionales el cobro de las sumas correspondientes.

ARTÍCULO 4°.- Hácese saber a la Asociación de Martilleros y Corredores Inmobiliarios de la IV Circunscripción Judicial de la provincia del Neuquén, que las condiciones generales de venta serán las siguientes: a) en el momento del remate cada adjudicatario deberá abonar en concepto de garantía el precio base con la comisión de práctica, más el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del valor en que el precio de venta supere a la base, b) el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) restante deberá ser abonado dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes al día del remate y c) vencido este plazo sin operarse el pago, quedará sin efecto la adjudicación, con pérdida a favor de esta Administración del depósito de garantía.

ARTÍCULO 5º.- Determínase para los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, los siguientes valores en concepto de: a) Tarifa para acompañantes sin derecho a caza: PESOS UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 1.450.-), b) Precintos y trofeos en áreas fiscales, según el detalle obrante en el Anexo IF-2017-24189168-APN-DC#APNAC de la presente, c) Permisos de caza y precintos en propiedades privadas, según el detalle obrante en el Anexo IF-2017-20903293-APN-DC#APNAC de la presente, y d) Tarifas a cobrar por gestión de documentación y precintos, según el detalle obrante en el Anexo IF-2017-20903748-APN-DC#APNAC de la presente.

ARTÍCULO 6º.- Establécese que los participantes de la subasta deberán registrarse en la planilla de Registro Personal de Subasta de Áreas Fiscales de Caza, que forma parte integrante de la presente como Anexo IF-2017-20904149-APN-DC#APNAC.

ARTÍCULO 7°.- Instrúyase a la Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones de Casa Central a fin de proceder a la publicación de la hora y lugar de los remates que tendrán lugar en el Parque Nacional Nahuel Huapi: 1º y 2º vuelta en fecha 14 de noviembre de 2017 a las 11:00 hs., en el Centro de Congresos y Convenciones “Arrayanes”, Villa La Angostura, provincia del Neuquén y el Parque Nacional Lanín, 1º y 2º vuelta en fecha 13 de noviembre de 2017 a las 10.30 hs., en el Salón de Usos Múltiples de la MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE LOS ANDES, ciudad de San Martín de los Andes, provincia del Neuquén, en la Dirección Nacional del Registro Oficial y sus similares de las Provincias de Río Negro y Neuquén; y a la Dirección de Comunicaciones y Relaciones Institucionales a publicar el texto obrante en la nota NO-2017-24099376-APNDC#APNAC en los diarios de mayor circulación de las provincias de Río Negro, Neuquén y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 8º.- Tomen conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, las Direcciones Nacionales de Conservación, de Operaciones, de Uso Público, las Direcciones Generales de Administración y de Asuntos Jurídicos, la Dirección de Concesiones. Comuníquese a la Dirección Regional Patagonia Norte y a las Intendencias de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, por intermedio de las cuales se notificará en legal forma a la Asociación de Martilleros y Corredores Inmobiliarios de la IV Circunscripción Judicial de la provincia del Neuquén, conforme lo dispuesto en los Artículos 3° y 4° de la presente. Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones publíquese por el término de UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a las citadas Intendencias para la prosecución del trámite.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese y archívese. — Eugenio Indalecio Breard, Presidente. — Emiliano Ezcurra Estrada, Vicepresidente. — Pablo Federico Galli Villafañe, Vocal — Roberto María Brea, Vocal. — Gerardo Sergio Bianchil, Vocal.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 30/10/2017 N° 82227/17 v. 30/10/2017

Fecha de publicación 30/10/2017