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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 829-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-00634272-APN-DGRH#MI, la Ley N° 22.697 y los Decretos Nros. 368 del 17 de abril de 2007, 1137 del 14 de julio de 2008, 13 del 10 de diciembre de 2015 y sus modificatorias y 212 del 22 de diciembre de 2015 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 2 de octubre de 1981 se suscribió un convenio entre el Gobierno Nacional y las Provincias del Chaco, Formosa, Jujuy, Salta, Santa Fe y Santiago del Estero, por medio del cual acordaron, en el artículo 1° del mismo, la creación de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE) integrada por un Ministro del Poder Ejecutivo Nacional y los señores Gobernadores de las provincias firmantes, que pasaron a constituir el Consejo de Gobierno de dicha Comisión.

Que asimismo, por el artículo 2º del convenio mencionado precedentemente, se establece que el Ministro representante del Poder Ejecutivo Nacional, actuará como Presidente del Consejo de Gobierno de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE).

Que del mismo modo, en el artículo 6° del convenio en cuestión, se establece que la Nación y las Provincias acuerdan constituir una Subcomisión para que elabore y someta a la aprobación del Consejo de Gobierno en un plazo de TREINTA (30) días, un proyecto de Estatuto de la Comisión Regional creada por el artículo 1° de dicho convenio.

Que por el artículo 1° la Ley Nº 22.697 se ratificó el convenio de creación de la COMISIÓN REGIONAL DEL RIO BERMEJO (COREBE), suscripto en la Ciudad de Buenos Aires el 2 de octubre de 1981.

Que por el artículo 9° del Estatuto de la COMISIÓN REGIONAL DEL RIO BERMEJO (COREBE) se establece que el Directorio es el órgano ejecutivo de las decisiones del Consejo de Gobierno y estará integrado por un Director designado por cada una de las partes de la COMISIÓN REGIONAL DEL RIO BERMEJO (COREBE), mientras que por el inciso c) del artículo 10 de dicho Estatuto se prevé que el Director que designe el Ministro del Poder Ejecutivo Nacional, que integra el Consejo de Gobierno, actuará como Presidente del Directorio.

Que por el artículo 1º del Decreto N° 368/07, se designó al entonces Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, para que, en representación del ESTADO NACIONAL, ejerza la Presidencia del Consejo de Gobierno de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE).

Que por el artículo 5° del Decreto N° 13/15 se sustituyó el Título V de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, asignando las competencias en materia de obras públicas a este Ministerio.

Que asimismo, por el artículo 6º del Decreto N° 212/15 y sus modificatorias, se transfirió la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente entonces del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y las unidades organizativas existentes dentro su órbita a este Ministerio.

Que del mismo modo, por el Decreto citado en el considerando precedente, la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de este Ministerio tiene asignado entre sus objetivos, el de ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE).

Que por el Decreto N° 1137/08 se designó al Ingeniero D. Jorge Edgardo CASTELLANO (DNI Nº 16.085.110) en el cargo de Presidente del Directorio de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE).

Que en esta instancia, y en el marco de todo lo expuesto, resulta conveniente designar a un nuevo Director para integrar el Directorio de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE) en representación Poder Ejecutivo Nacional, en reemplazo del actual, quien actuará como Presidente del Directorio de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE).

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° y por el inciso c) del artículo 10, ambos del Estatuto de la COMISIÓN REGIONAL DEL RIO BERMEJO (CO.RE.BE), dictado conforme el artículo 6° del convenio de creación de la COMISIÓN REGIONAL DEL RIO BERMEJO (CO.RE.BE), que fuera ratificado por la Ley N° 22.697, por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y por los Decretos Nros. 368/07 y 212/15 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – Déjase sin efecto, a partir del dictado de la presente medida, la designación del Ingeniero D. Jorge Edgardo CASTELLANO (DNI Nº 16.085.110) en el cargo de Presidente del Directorio de la COMISIÓN REGIONAL DEL RIO BERMEJO (CO REBE).

ARTÍCULO 2°. - Desígnase, a partir del dictado de la presente medida, al Dr. D. Miguel Ángel GIRAUT (D.N.I. N° 12.231.510) en el cargo de Presidente del Directorio de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE).

ARTÍCULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio.

e. 02/11/2017 N° 84121/17 v. 02/11/2017

Fecha de publicación 02/11/2017