Edición del
23 de Mayo de 1996

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 834-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2017

Visto el Expediente EX-2017-23325501- -APN-DSA#INASE del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado expediente la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE PRODUCTORES EN SIEMBRA DIRECTA, elevó la solicitud de auspicio institucional al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA para la realización de las JORNADAS AAPRESID llevadas a cabo el día 11 de octubre de 2017 en Pergamino – Provincia de BUENOS AIRES, el día 19 de octubre de 2017 en Paraná – Provincia de ENTRE RÍOS y el día 25 de octubre de 2017 en Monte Cristo – Provincia de CÓRDOBA.

Que la presencia del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, a través del presente auspicio institucional tiene por objeto colaborar con la investigación, el mejoramiento, la producción y la comercialización de semillas de especies forrajeras y céspedes.

Que la presencia del organismo se efectúa a partir de la inclusión del logotipo en los distintos canales de comunicación que utiliza la organización para su difusión.

Que el presente auspicio no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.

Que de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991 ratificado por Ley Nº 25.845, el suscripto es competente para firmar el presente acto administrativo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dése por otorgado el auspicio institucional del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para las JORNADAS AAPRESID llevadas a cabo el día 11 de octubre de 2017 en Pergamino – Provincia de BUENOS AIRES, el día 19 de octubre de 2017 en Paraná – Provincia de ENTRE RÍOS y el día 25 de octubre de 2017 en Monte Cristo – Provincia de CÓRDOBA.

ARTÍCULO 2º.- La medida dispuesta por el Artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Raimundo Lavignolle.

e. 02/11/2017 N° 83608/17 v. 02/11/2017

Fecha de publicación 02/11/2017